V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-16482)
Anuncio del Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, por el que se somete a información pública la solicitud de Modificación de Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del proyecto instalación fotovoltaica Collarada Solar, de 50,24 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Santorcaz y Anchuelo, en la Comunidad de Madrid. Exp.: PFOT-180.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. V-B. Pág. 26166
a) Peticionario: Collarada Solar S.L.
b) Domicilio: calle Jenner nº 3, 4ª planta, 28010, Madrid.
c) Órgano competente: El órgano sustantivo competente para resolver la
autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y la
declaración, en concreto, de utilidad pública es la Dirección General de Política
Energética y Minas, perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.
d) Órganos tramitadores: La tramitación será realizada por la Dirección del
Área funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid.
Las alegaciones se dirigirán a dicho órgano.
e) Finalidad: Generación de energía eléctrica a través de paneles fotovoltaicos
y evacuación de dicha energía generada para su comercialización.
f) Presupuesto de ejecución material total del proyecto: 26.884.339,34 euros
g) Términos municipales afectados: Santorcaz y Anchuelo (Madrid)
h) Características generales del proyecto:
Planta fotovoltaica Collarada Solar e infraestructura de evacuación 30kV hasta
SET Valdepozuelo. Las infraestructuras de evacuación hasta la SE Anchuelo,
perteneciente a REE, será tramitada en el expediente PFOT-185
Estará formada por 78000 módulos de 680 Wp. La potencia pico será de 53.04
MWp, la potencia nominal a la salida de los inversores de 50.24 MWn, y la
potencia entregada en el punto de conexión de 44.20 MWn. Contará con 157
inversores de 320 KVA, repartidos en 12 centros de transformación (0.8/30 kV).
Ubicada en el término municipal de Santorcaz (Madrid). Superficie total ocupada
de 87.85 ha.
A través de la red subterránea de la instalación, la energía generada evacua,
hasta la subestación elevadora SET Valdepozuelo 220/30 Kv, conectados por 5
líneas de media tensión 30 kV soterradas. El tramo exterior a la planta tiene una
longitud de 2410. metros La línea de media tensión discurre por los términos
municipales de Santorcaz y Anchuelo (Madrid)
De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, el proyecto planta solar fotovoltaica Collarada Solar, de 50,24 MW
de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos
municipales de Santorcaz y Anchuelo, en la Comunidad de Madrid, al referirse a
una instalación de competencia estatal, corresponde a la Dirección General de
Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto
Demográfico como órgano sustantivo, emitir las resoluciones relativas a la
Autorización Administrativa Previa, Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y
Autorización Administrativa de Construcción.
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en
el artículo 56.1 de la citada Ley 24/2013, y en el artículo 149 del mencionado Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad
de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente
ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
cve: BOE-B-2023-16482
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. V-B. Pág. 26166
a) Peticionario: Collarada Solar S.L.
b) Domicilio: calle Jenner nº 3, 4ª planta, 28010, Madrid.
c) Órgano competente: El órgano sustantivo competente para resolver la
autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y la
declaración, en concreto, de utilidad pública es la Dirección General de Política
Energética y Minas, perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.
d) Órganos tramitadores: La tramitación será realizada por la Dirección del
Área funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid.
Las alegaciones se dirigirán a dicho órgano.
e) Finalidad: Generación de energía eléctrica a través de paneles fotovoltaicos
y evacuación de dicha energía generada para su comercialización.
f) Presupuesto de ejecución material total del proyecto: 26.884.339,34 euros
g) Términos municipales afectados: Santorcaz y Anchuelo (Madrid)
h) Características generales del proyecto:
Planta fotovoltaica Collarada Solar e infraestructura de evacuación 30kV hasta
SET Valdepozuelo. Las infraestructuras de evacuación hasta la SE Anchuelo,
perteneciente a REE, será tramitada en el expediente PFOT-185
Estará formada por 78000 módulos de 680 Wp. La potencia pico será de 53.04
MWp, la potencia nominal a la salida de los inversores de 50.24 MWn, y la
potencia entregada en el punto de conexión de 44.20 MWn. Contará con 157
inversores de 320 KVA, repartidos en 12 centros de transformación (0.8/30 kV).
Ubicada en el término municipal de Santorcaz (Madrid). Superficie total ocupada
de 87.85 ha.
A través de la red subterránea de la instalación, la energía generada evacua,
hasta la subestación elevadora SET Valdepozuelo 220/30 Kv, conectados por 5
líneas de media tensión 30 kV soterradas. El tramo exterior a la planta tiene una
longitud de 2410. metros La línea de media tensión discurre por los términos
municipales de Santorcaz y Anchuelo (Madrid)
De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, el proyecto planta solar fotovoltaica Collarada Solar, de 50,24 MW
de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos
municipales de Santorcaz y Anchuelo, en la Comunidad de Madrid, al referirse a
una instalación de competencia estatal, corresponde a la Dirección General de
Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto
Demográfico como órgano sustantivo, emitir las resoluciones relativas a la
Autorización Administrativa Previa, Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y
Autorización Administrativa de Construcción.
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en
el artículo 56.1 de la citada Ley 24/2013, y en el artículo 149 del mencionado Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad
de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente
ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
cve: BOE-B-2023-16482
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 131