III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-13018)
Resolución 420/38215/2023, de 23 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, para la creación de la escuela infantil "Base San Jorge" en la Base San Jorge de Zaragoza, y la creación de la escuela infantil "Sancho Ramírez", en el Acuartelamiento Sancho Ramírez de Huesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76257
transfiere en materia de enseñanza no universitaria entre otras, las competencias en
materia de creación de los centros públicos de educación no universitaria.
El Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se
establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte,
atribuye a dicho Departamento el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden
a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza y, en particular, el
impulso de la creación de los centros docentes públicos, así como su puesta en
funcionamiento, modificación, adaptación, transformación, clasificación, traslado,
clausura, supresión, régimen jurídico, económico y administrativo de las unidades,
secciones y centros públicos de enseñanza dependientes de la Comunidad Autónoma de
Aragón adscritos a las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación, y la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la
Formación Profesional.
Segundo.
Que la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la
Educación, establece en su disposición final segunda que se autoriza al Gobierno
para adaptar lo dispuesto en esta ley a las peculiaridades de los centros docentes de
carácter singular que estén acogidos a convenios entre el Ministerio de Educación y
Ciencia y otros Ministerios.
Por su parte, el Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el
Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de
Educación Primaria, establece en su artículo 2.3.c), en relación con la creación y
supresión de centros, que las Corporaciones Locales y las Comunidades Autónomas
que no se hallen en el pleno ejercicio de sus competencias en materia educativa
podrán proponer la creación de escuelas de educación infantil o de colegios de
educación primaria.
En concreto, con carácter previo a la creación del centro contempla la necesidad
de firmar un convenio en el que se regulará el régimen económico y de
funcionamiento del mismo.
Tercero.
Que el Ministerio de Defensa considera necesario crear dos centros con dichas
características, que impartan las enseñanzas de primer ciclo de Educación Infantil, uno
en la Base San Jorge, en Zaragoza, y otro en el Acuartelamiento Sancho Ramírez, en
Huesca, ampliando de esta manera la oferta educativa de Educación Infantil de la que
actualmente dispone el Ministerio de Defensa en sus bases, acuartelamientos y
establecimientos en la Comunidad Autónoma de Aragón, y, en consecuencia, se solicita
al Departamento de Educación, Cultura y Deporte que realice los trámites oportunos de
acuerdo con sus competencias para ello.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
Primera. Objeto.
Las partes firmantes suscriben este convenio con el objeto de determinar las
condiciones para la creación de la escuela infantil «Base San Jorge», en Zaragoza, y la
escuela infantil «Sancho Ramírez», en Huesca, cuya titularidad corresponderá al
Ministerio de Defensa.
cve: BOE-A-2023-13018
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76257
transfiere en materia de enseñanza no universitaria entre otras, las competencias en
materia de creación de los centros públicos de educación no universitaria.
El Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se
establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte,
atribuye a dicho Departamento el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden
a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza y, en particular, el
impulso de la creación de los centros docentes públicos, así como su puesta en
funcionamiento, modificación, adaptación, transformación, clasificación, traslado,
clausura, supresión, régimen jurídico, económico y administrativo de las unidades,
secciones y centros públicos de enseñanza dependientes de la Comunidad Autónoma de
Aragón adscritos a las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación, y la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la
Formación Profesional.
Segundo.
Que la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la
Educación, establece en su disposición final segunda que se autoriza al Gobierno
para adaptar lo dispuesto en esta ley a las peculiaridades de los centros docentes de
carácter singular que estén acogidos a convenios entre el Ministerio de Educación y
Ciencia y otros Ministerios.
Por su parte, el Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el
Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de
Educación Primaria, establece en su artículo 2.3.c), en relación con la creación y
supresión de centros, que las Corporaciones Locales y las Comunidades Autónomas
que no se hallen en el pleno ejercicio de sus competencias en materia educativa
podrán proponer la creación de escuelas de educación infantil o de colegios de
educación primaria.
En concreto, con carácter previo a la creación del centro contempla la necesidad
de firmar un convenio en el que se regulará el régimen económico y de
funcionamiento del mismo.
Tercero.
Que el Ministerio de Defensa considera necesario crear dos centros con dichas
características, que impartan las enseñanzas de primer ciclo de Educación Infantil, uno
en la Base San Jorge, en Zaragoza, y otro en el Acuartelamiento Sancho Ramírez, en
Huesca, ampliando de esta manera la oferta educativa de Educación Infantil de la que
actualmente dispone el Ministerio de Defensa en sus bases, acuartelamientos y
establecimientos en la Comunidad Autónoma de Aragón, y, en consecuencia, se solicita
al Departamento de Educación, Cultura y Deporte que realice los trámites oportunos de
acuerdo con sus competencias para ello.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
Primera. Objeto.
Las partes firmantes suscriben este convenio con el objeto de determinar las
condiciones para la creación de la escuela infantil «Base San Jorge», en Zaragoza, y la
escuela infantil «Sancho Ramírez», en Huesca, cuya titularidad corresponderá al
Ministerio de Defensa.
cve: BOE-A-2023-13018
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