III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2023-13029)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 76307

Tercera. Aspectos económicos.
El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo
gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Santa Coloma de GramenetGrameimpuls, SA, ni para el del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet que actuará a través de
Grameimpuls, SA:
– Formalizar cuando proceda, el ingreso en tesorería de Grameimpuls, SA-Ayuntamiento
de Santa Coloma de Gramenet de los pagos por matrícula correspondientes al alumnado
del Aula Mentor. La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Santa Coloma
de Gramenet-Grameimpuls, SA, ascenderá a 48 euros y un máximo de 200.000 euros,
ingresados en la cuenta de ingresos del grupo 7 de Grameimpuls, SA, en el
proyecto 10199L14. Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores
recogida en el acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de
Educación y Formación Profesional, en concepto de impartición de cursos, realizando la
retención en concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago
procederá de la recaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en cinco
periodos anuales en base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de
Educación y Formación Profesional. Este cargo será como mínimo de 48 euros y un
máximo de 150.000 euros/año, que será imputado al presupuesto de gastos de
Grameimpuls, SA-Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet en la cuenta de gastos
del grupo 6 de Grameimpuls, SA, del proyecto 10199L14. Si durante un periodo no se
formalizara ningún ingreso en concepto de matriculación, el cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet-Grameimpuls, SA, derivado de los
ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
Aula Mentor del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet que implicará una
cantidad mínima de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una
cantidad máxima de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de
personal del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet-Grameimpuls, SA.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las
tareas de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la
atención en tareas de información y orientación profesional del Aula Mentor del
Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet que implicará una cantidad mínima
de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima
de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del
Grameimpuls, SA-Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet.
– Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la
Vida la información del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet necesaria para
elaborar la memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la
económica.
Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
– Remitir, cuando proceda, cinco informes económicos anuales al Ayuntamiento de
Santa Coloma de Gramenet indicando el número de alumnado tutorizado en ese periodo,
para que dicha entidad proceda al pago de los costes tutoriales correspondientes.

cve: BOE-A-2023-13029
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Núm. 130