III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-13073)
Resolución de 24 de mayo de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica la adenda al Convenio con Alianza Fiduciaria, SA, vocera del Fideicomiso Teatro Mayor, para la organización del evento "España, país invitado de honor 2022-2023" en el teatro Julio Mario Santo Domingo de Bogotá, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76765
– Pago de seguros de asistencia de viaje enmarcados en el proyecto
C24.I01.P5.2 con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.14XA.290.24.00, por
un importe máximo de 117.000 euros (ciento diecisiete mil euros), IVA incluido.
En lo relativo a los artistas y compañías privadas, suscribirá contratos con
cada una de ellos para el pago de los cachés, en el marco del proyecto
C24.I01.P5.2 con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.14XA.290.27.15, por
un importe máximo de 190.000 euros (ciento noventa mil euros), IVA incluido.
La estimación económica de la participación del INAEM se en un máximo
de 1.099.000 euros (un millón noventa y nueve mil euros), IVA incluido, cuantía
que se articulará a través de contratos específicos. La distribución anual será
de 114.187,70 euros (ciento catorce mil ciento ochenta y siete euros con setenta
céntimos) para el ejercicio 2022 y 984.812,30 euros (novecientos ochenta y cuatro
mil ochocientos doce euros con treinta céntimos) para el ejercicio 2023, siempre
que exista crédito adecuado y suficiente.
El Teatro, para su cumplimiento, se compromete a:
En lo relativo al BNE, CND y OCNE, suscribirá contratos para giras en los que
se comprometa a:
– Pago del caché de las funciones o conciertos, por un importe máximo
de 102.500 euros (ciento dos mil quinientos euros).
– Pago de los alojamientos, por un importe máximo de 185.000 euros (ciento
ochenta y cinco mil euros).
– Desplazamientos internos en Bogotá, por un importe máximo de 100.000
euros (cien mil euros).
En lo relativo a los artistas y compañías privadas suscribirá contratos con cada
una de ellas en los que se comprometa al pago del viaje y seguro de asistencia de
los artistas, pago de alojamiento, abono de dietas, tramitación y pago de visado
desplazamientos internos y costos operativos locales, de las compañías
contratadas:
– Juan Manuel Cañizares, por un importe máximo de 15.000 euros (quince mil
euros).
– Compañía de María Pagés, por un importe máximo de 95.000 euros
(noventa y cinco mil euros).
– Kukai Dantxa, por un importe máximo de 55.000 euros (cincuenta y cinco mil
euros).
– Juan Diego Botto, por un importe máximo de 35.000 euros (treinta y cinco
mil euros).
– Tantakka Teatroa, por un importe máximo de 90.000 euros (noventa mil euros).
En todos los casos, por un importe máximo de 125.000 euros (ciento
veinticinco mil euros):
– Gastos de aduana de entrada y salida, transporte interno de carga, personal
de carga y descarga.
– Pago de derechos de autor, publicidad y ediciones.
– Implantación técnica del espectáculo (ficha técnica).
– Personal y servicios generales para la organización de los espectáculos.
– Otros gastos que puedan ser necesarios para las funciones.
La estimación económica de la participación de El Teatro se cuantifica en un
máximo de 802.500 euros (ochocientos dos mil quinientos euros), impuestos
incluidos.
En este sentido las actuaciones previstas en el presente Convenio no darán
lugar a contraprestación financiera entre las Partes.»
cve: BOE-A-2023-13073
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76765
– Pago de seguros de asistencia de viaje enmarcados en el proyecto
C24.I01.P5.2 con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.14XA.290.24.00, por
un importe máximo de 117.000 euros (ciento diecisiete mil euros), IVA incluido.
En lo relativo a los artistas y compañías privadas, suscribirá contratos con
cada una de ellos para el pago de los cachés, en el marco del proyecto
C24.I01.P5.2 con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.14XA.290.27.15, por
un importe máximo de 190.000 euros (ciento noventa mil euros), IVA incluido.
La estimación económica de la participación del INAEM se en un máximo
de 1.099.000 euros (un millón noventa y nueve mil euros), IVA incluido, cuantía
que se articulará a través de contratos específicos. La distribución anual será
de 114.187,70 euros (ciento catorce mil ciento ochenta y siete euros con setenta
céntimos) para el ejercicio 2022 y 984.812,30 euros (novecientos ochenta y cuatro
mil ochocientos doce euros con treinta céntimos) para el ejercicio 2023, siempre
que exista crédito adecuado y suficiente.
El Teatro, para su cumplimiento, se compromete a:
En lo relativo al BNE, CND y OCNE, suscribirá contratos para giras en los que
se comprometa a:
– Pago del caché de las funciones o conciertos, por un importe máximo
de 102.500 euros (ciento dos mil quinientos euros).
– Pago de los alojamientos, por un importe máximo de 185.000 euros (ciento
ochenta y cinco mil euros).
– Desplazamientos internos en Bogotá, por un importe máximo de 100.000
euros (cien mil euros).
En lo relativo a los artistas y compañías privadas suscribirá contratos con cada
una de ellas en los que se comprometa al pago del viaje y seguro de asistencia de
los artistas, pago de alojamiento, abono de dietas, tramitación y pago de visado
desplazamientos internos y costos operativos locales, de las compañías
contratadas:
– Juan Manuel Cañizares, por un importe máximo de 15.000 euros (quince mil
euros).
– Compañía de María Pagés, por un importe máximo de 95.000 euros
(noventa y cinco mil euros).
– Kukai Dantxa, por un importe máximo de 55.000 euros (cincuenta y cinco mil
euros).
– Juan Diego Botto, por un importe máximo de 35.000 euros (treinta y cinco
mil euros).
– Tantakka Teatroa, por un importe máximo de 90.000 euros (noventa mil euros).
En todos los casos, por un importe máximo de 125.000 euros (ciento
veinticinco mil euros):
– Gastos de aduana de entrada y salida, transporte interno de carga, personal
de carga y descarga.
– Pago de derechos de autor, publicidad y ediciones.
– Implantación técnica del espectáculo (ficha técnica).
– Personal y servicios generales para la organización de los espectáculos.
– Otros gastos que puedan ser necesarios para las funciones.
La estimación económica de la participación de El Teatro se cuantifica en un
máximo de 802.500 euros (ochocientos dos mil quinientos euros), impuestos
incluidos.
En este sentido las actuaciones previstas en el presente Convenio no darán
lugar a contraprestación financiera entre las Partes.»
cve: BOE-A-2023-13073
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130