I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2023-12913)
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 13 de enero de 2021, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 75760
2. El anexo II «Administraciones de la Agencia Tributaria y Administraciones de
Aduanas e Impuestos Especiales» de la Resolución de la Presidencia de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, de 13 de enero de 2021, por la que se establece la
estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
queda redactado en su apartado II, en lo que concierne a la Delegación Especial de
Valencia, como sigue:
«II. Relación de Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales
Delegación Especial de Valencia
Administración de Aduanas e Impuestos Especiales:
Aeropuerto de Alicante/Alacant; con sede en Elche.
Aeropuerto de Valencia-Manises; con sede en Manises.
Valencia-Marítima.
Sagunto/Sagunt.»
3. Se modifica el anexo III de la Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, de 13 de enero de 2021, por la que se establece la
estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
que queda redactado como sigue:
«ANEXO III
Administraciones de asistencia Digital Integral de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria
Administración de asistencia Digital Integral de Valencia.
Administración de asistencia Digital Integral de Vigo.
Administración de asistencia Digital Integral de Madrid-Getafe.
Administración de asistencia Digital Integral de Granada.»
Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
Se suprime la Administración de Villaverde-Usera con código 28615, que queda
integrada en la Administración de Suroeste.
Disposición adicional segunda. Ausencia de incremento del gasto público.
La aplicación de lo dispuesto en esta resolución no implicará aumento del gasto en el
presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Disposición transitoria primera. Procedimientos administrativos en curso.
Los procedimientos administrativos relativos a los obligados tributarios que se estén
desarrollando por la Administración suprimida en esta resolución serán ultimados y
resueltos por los órganos competentes de la Administración de Suroeste o Delegación
Especial de la Agencia Tributaria en Madrid.
Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio del personal afectado.
Los funcionarios y demás personal que resulten afectados por las modificaciones
orgánicas establecidas en esta resolución percibirán la totalidad de sus retribuciones
con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, de conformidad con lo establecido para el puesto de trabajo que
estuviesen desempeñando según las relaciones de puestos de trabajo aprobadas a
cve: BOE-A-2023-12913
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 75760
2. El anexo II «Administraciones de la Agencia Tributaria y Administraciones de
Aduanas e Impuestos Especiales» de la Resolución de la Presidencia de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, de 13 de enero de 2021, por la que se establece la
estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
queda redactado en su apartado II, en lo que concierne a la Delegación Especial de
Valencia, como sigue:
«II. Relación de Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales
Delegación Especial de Valencia
Administración de Aduanas e Impuestos Especiales:
Aeropuerto de Alicante/Alacant; con sede en Elche.
Aeropuerto de Valencia-Manises; con sede en Manises.
Valencia-Marítima.
Sagunto/Sagunt.»
3. Se modifica el anexo III de la Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, de 13 de enero de 2021, por la que se establece la
estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
que queda redactado como sigue:
«ANEXO III
Administraciones de asistencia Digital Integral de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria
Administración de asistencia Digital Integral de Valencia.
Administración de asistencia Digital Integral de Vigo.
Administración de asistencia Digital Integral de Madrid-Getafe.
Administración de asistencia Digital Integral de Granada.»
Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
Se suprime la Administración de Villaverde-Usera con código 28615, que queda
integrada en la Administración de Suroeste.
Disposición adicional segunda. Ausencia de incremento del gasto público.
La aplicación de lo dispuesto en esta resolución no implicará aumento del gasto en el
presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Disposición transitoria primera. Procedimientos administrativos en curso.
Los procedimientos administrativos relativos a los obligados tributarios que se estén
desarrollando por la Administración suprimida en esta resolución serán ultimados y
resueltos por los órganos competentes de la Administración de Suroeste o Delegación
Especial de la Agencia Tributaria en Madrid.
Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio del personal afectado.
Los funcionarios y demás personal que resulten afectados por las modificaciones
orgánicas establecidas en esta resolución percibirán la totalidad de sus retribuciones
con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, de conformidad con lo establecido para el puesto de trabajo que
estuviesen desempeñando según las relaciones de puestos de trabajo aprobadas a
cve: BOE-A-2023-12913
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Núm. 130