III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-13084)
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Policía Española, para la realización del "XVI Encuentro Policía Científica. La Policía Científica y el espacio de la ciencia forense 2030".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76834
Tercera. Compromisos asumidos por la Fundación Policía Española.
La Fundación Policía Española se compromete a colaborar en la realización del
encuentro indicado en la cláusula primera mediante una aportación económica de
veintiocho mil novecientos setenta y cinco euros con sesenta céntimos (28.975,60 €),
que se abonará una vez el convenio sea eficaz y antes de la celebración del encuentro,
mediante transferencia bancaria a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta
a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España,
Agencia de Madrid.
La UIMP, una vez percibido el importe señalado, emitirá un certificado acreditando la
aportación económica a fin de que el aportante pueda solicitar las deducciones fiscales
correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 25 de la la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.
Cuarta.
Aspectos académicos, de organización y gestión.
I. La UIMP avalará académicamente este encuentro. Corresponde exclusivamente
a la UIMP la aprobación del programa del encuentro y de las normas conforme a las que
debe desarrollarse, vigilando en todo momento el más escrupuloso respeto a la
independencia de la propia institución y de las personas que participan en el programa.
II. La UIMP se encargará de la organización y gestión del encuentro y será de su
competencia la gestión económica y administrativa del mismo conforme a su propia
normativa.
III. La Fundación Policía Española no adquiere en virtud de este convenio ninguna
responsabilidad directa ni subsidiaria en relación con el desarrollo del encuentro, ni
frente a los participantes, los asistentes o las empresas con las que la UIMP deba
contratar para la prestación de los servicios.
IV. La UIMP, en caso necesario, podrá gestionar la participación de otras entidades
públicas o privadas en calidad de colaboradores o copatrocinadores mediante la firma de
los instrumentos jurídicos legalmente previstos, informando de ello a la Fundación Policía
Española y sin que la suma de esas otras colaboraciones junto con la aportación de la
Fundación Policía Española sea superior a los gastos totales del encuentro.
Quinta. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
Para velar por la adecuada ejecución de las cláusulas recogidas en el presente
convenio se constituye una comisión de seguimiento que estará compuesta por dos
miembros:
La comisión de seguimiento, que será el órgano responsable del seguimiento,
vigilancia y control del convenio, adoptará sus acuerdos por unanimidad de las dos
personas que lo componen, y tendrá las siguientes funciones:
– Proponer actuaciones concretas de seguimiento, vigilancia y control en ejecución
de lo dispuesto en el presente convenio.
– Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del
presente convenio y proponer mejoras del mismo, que deberán ser acordadas por las
dos partes que lo suscriben mediante adenda modificativa del convenio.
cve: BOE-A-2023-13084
Verificable en https://www.boe.es
– En representación de la UIMP, la persona titular del Vicerrectorado de Relaciones
Institucionales y Programación Académica (o, en caso de cambio de organigrama, la
persona titular del Vicerrectorado que tenga la competencia sobre la programación de
Cursos de formación permanente);
– En representación de la Fundación Policía Española, la Directora Gerente.
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76834
Tercera. Compromisos asumidos por la Fundación Policía Española.
La Fundación Policía Española se compromete a colaborar en la realización del
encuentro indicado en la cláusula primera mediante una aportación económica de
veintiocho mil novecientos setenta y cinco euros con sesenta céntimos (28.975,60 €),
que se abonará una vez el convenio sea eficaz y antes de la celebración del encuentro,
mediante transferencia bancaria a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta
a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España,
Agencia de Madrid.
La UIMP, una vez percibido el importe señalado, emitirá un certificado acreditando la
aportación económica a fin de que el aportante pueda solicitar las deducciones fiscales
correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 25 de la la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.
Cuarta.
Aspectos académicos, de organización y gestión.
I. La UIMP avalará académicamente este encuentro. Corresponde exclusivamente
a la UIMP la aprobación del programa del encuentro y de las normas conforme a las que
debe desarrollarse, vigilando en todo momento el más escrupuloso respeto a la
independencia de la propia institución y de las personas que participan en el programa.
II. La UIMP se encargará de la organización y gestión del encuentro y será de su
competencia la gestión económica y administrativa del mismo conforme a su propia
normativa.
III. La Fundación Policía Española no adquiere en virtud de este convenio ninguna
responsabilidad directa ni subsidiaria en relación con el desarrollo del encuentro, ni
frente a los participantes, los asistentes o las empresas con las que la UIMP deba
contratar para la prestación de los servicios.
IV. La UIMP, en caso necesario, podrá gestionar la participación de otras entidades
públicas o privadas en calidad de colaboradores o copatrocinadores mediante la firma de
los instrumentos jurídicos legalmente previstos, informando de ello a la Fundación Policía
Española y sin que la suma de esas otras colaboraciones junto con la aportación de la
Fundación Policía Española sea superior a los gastos totales del encuentro.
Quinta. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
Para velar por la adecuada ejecución de las cláusulas recogidas en el presente
convenio se constituye una comisión de seguimiento que estará compuesta por dos
miembros:
La comisión de seguimiento, que será el órgano responsable del seguimiento,
vigilancia y control del convenio, adoptará sus acuerdos por unanimidad de las dos
personas que lo componen, y tendrá las siguientes funciones:
– Proponer actuaciones concretas de seguimiento, vigilancia y control en ejecución
de lo dispuesto en el presente convenio.
– Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del
presente convenio y proponer mejoras del mismo, que deberán ser acordadas por las
dos partes que lo suscriben mediante adenda modificativa del convenio.
cve: BOE-A-2023-13084
Verificable en https://www.boe.es
– En representación de la UIMP, la persona titular del Vicerrectorado de Relaciones
Institucionales y Programación Académica (o, en caso de cambio de organigrama, la
persona titular del Vicerrectorado que tenga la competencia sobre la programación de
Cursos de formación permanente);
– En representación de la Fundación Policía Española, la Directora Gerente.