III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Cartas de servicios. (BOE-A-2023-12875)
Resolución de 29 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la actualización de la Carta de Servicios de la Presidencia del Gobierno 2023-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75476
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
12875
Resolución de 29 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
aprueba la actualización de la Carta de Servicios de la Presidencia del
Gobierno 2023-2026.
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el capítulo III del Real
Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la
mejora de la calidad en la Administración General del Estado, la Presidencia del
Gobierno ha elaborado la actualización de la Carta de Servicios a través de la cual se
pretende informar a los ciudadanos y usuarios acerca de los servicios que tiene
encomendados, los derechos que les asisten en relación con los mismos, así como
respecto de los compromisos de calidad que el organismo asume en la prestación de los
citados servicios.
A estos efectos, tras su elevación y propuesta, y visto el informe favorable emitido al
respecto por la Dirección General de Gobernanza Pública de fecha 14 de marzo
de 2023, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de
julio, en virtud de las facultades que le atribuye la vigente legislación, esta Subsecretaría
ha resuelto:
Primero.
Se aprueba la Carta de Servicios de la Presidencia del Gobierno 2023-2026 que
tendrá vigencia a partir del día siguiente a la publicación de la presente aprobación.
Segundo.
Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
La citada Carta de Servicios deberá estar disponible en la Secretaría General de la
Presidencia del Gobierno, a partir de la fecha indicada de su entrada en vigor y estará
accesible en la sede electrónica del organismo, así como en el Portal de la
Transparencia y en el Punto de Acceso General de la Administración General del Estado,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 apartados 3 y 4 del citado Real
Decreto 951/2005, y en el artículo 10 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
cve: BOE-A-2023-12875
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 29 de mayo de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75476
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
12875
Resolución de 29 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
aprueba la actualización de la Carta de Servicios de la Presidencia del
Gobierno 2023-2026.
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el capítulo III del Real
Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la
mejora de la calidad en la Administración General del Estado, la Presidencia del
Gobierno ha elaborado la actualización de la Carta de Servicios a través de la cual se
pretende informar a los ciudadanos y usuarios acerca de los servicios que tiene
encomendados, los derechos que les asisten en relación con los mismos, así como
respecto de los compromisos de calidad que el organismo asume en la prestación de los
citados servicios.
A estos efectos, tras su elevación y propuesta, y visto el informe favorable emitido al
respecto por la Dirección General de Gobernanza Pública de fecha 14 de marzo
de 2023, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de
julio, en virtud de las facultades que le atribuye la vigente legislación, esta Subsecretaría
ha resuelto:
Primero.
Se aprueba la Carta de Servicios de la Presidencia del Gobierno 2023-2026 que
tendrá vigencia a partir del día siguiente a la publicación de la presente aprobación.
Segundo.
Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
La citada Carta de Servicios deberá estar disponible en la Secretaría General de la
Presidencia del Gobierno, a partir de la fecha indicada de su entrada en vigor y estará
accesible en la sede electrónica del organismo, así como en el Portal de la
Transparencia y en el Punto de Acceso General de la Administración General del Estado,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 apartados 3 y 4 del citado Real
Decreto 951/2005, y en el artículo 10 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
cve: BOE-A-2023-12875
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 29 de mayo de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.
https://www.boe.es
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