III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-12876)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Miércoles 31 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75479

corresponde a la SGAD la provisión de servicios en materias TIC a aquellos órganos con
los que se acuerde.
Cuarto.
Que son competencias del FEGA las funciones establecidas en el artículo 4 del Real
Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre (BOE núm. 12, de 14 de enero de 2002), y por
ello, ostenta un interés manifiesto en establecer un marco de colaboración con la
Secretaría General de administración Digital para la reutilización de soluciones
tecnológicas disponibles.
Quinto.
Que el FEGA considera de gran utilidad disponer de los equipos portátiles y/o
separables enmarcados en la iniciativa de Puesto de Trabajo Inteligente del Plan de
Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 para dotar a los empleados
públicos de soluciones colaborativas y de movilidad en los puestos de trabajo, que les
permitan tanto su uso presencial en las instalaciones del organismo o entidad como, en
su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación NextGenerationEU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación al FEGA. de dichos equipos, así como la
cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Constituye el objeto de este convenio:

a) Equipos Portátiles ultraligeros: 42, cuyos números de serie e inventario se
adjuntan en el anexo I.
b) Equipos Portátiles ultraligeros categoría superior: 40, cuyos números de serie e
inventario se adjuntan en el anexo II.
c) Equipos separables: 6, cuyos números de serie e inventario se adjuntan en el
anexo III.

cve: BOE-A-2023-12876
Verificable en https://www.boe.es

1.º Llevar a cabo la asignación por la SGAD al FEGA de 88 equipos portátiles y/o
separables, adquiridos por aquella con cargo al Fondo de Recuperación
NextGenerationEU, así como la cesión de su derecho de uso. Dicha asignación se
realiza con la siguiente distribución: