III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-12882)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la aplicación del «Proyecto de creación de un corpus digitalizado de tareas de comprensión de lectura para la evaluación de la comprensión en sistemas de inteligencia artificial».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Miércoles 31 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75528

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan
que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la
presente adenda de modificación y prórroga y, a tal efecto
EXPONEN
I. Que las partes suscribieron, el 25 de mayo de 2021, un convenio con el objeto de
incentivar el desarrollo y efectuar la aplicación práctica de los resultados de un proyecto
de investigación, mediante la aplicación de procedimientos de análisis de inteligencia
artificial a corpus de tareas de comprensión lectora de exámenes de español que realiza
el Instituto Cervantes, vigente hasta el 26 de mayo de 2023 y prorrogable en cualquier
momento antes de su finalización por acuerdo de los firmantes, por un nuevo periodo de
dos años, de acuerdo con lo previsto en su cláusula séptima.
II. Que tras efectuar un estudio preliminar de los materiales disponibles se
evidenció que la tarea de conversión de los documentos originales a formatos
manipulables por la máquina entrañaba mayor dificultad que la estimada inicialmente,
motivando la necesidad de financiación adicional. Una vez subsanada esta situación,
ambas partes siguen interesadas en realizar la colaboración objeto del convenio, en los
mismos términos regulados en este.
III. Que en la cláusula octava del citado convenio se establece que las partes
podrán modificar el convenio en cualquier momento, de mutuo acuerdo y por escrito y
que cualquier modificación del mismo deberá ser tramitada conforme a lo previsto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
IV. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, la presente adenda ha sido informada favorablemente por los servicios
jurídicos de ambas partes.
V. Que la presente adenda ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 14 de abril de 2023.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la
presente adenda de modificación y prórroga del citado convenio, con arreglo a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Para la actualización de los compromisos económicos asumidos, las partes acuerdan
la modificación de la cláusula cuarta del convenio de 25 de mayo de 2021, que queda
redactada como sigue:

El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación dineraria entre
las partes, quedando obligada cada una a realizar y financiar a través de sus
respectivos medios propios y recursos materiales y humanos las obligaciones y
compromisos económicos derivados de la ejecución de las actividades que
puedan llevar a cabo conforme al mismo.
La aportación estimada por parte del Instituto Cervantes en cuanto a recursos
materiales y humanos para el año 2023 se cuantifica en un máximo de ocho mil
doscientos euros (8.200 €) dotados en su presupuesto para el año 2023.
Por su parte, la aportación de la UNED por dedicación del equipo investigador
y uso de equipos informáticos e instalaciones de trabajo, se estima en un total de
doce mil cuatrocientos euros (12.400 €) para el año 2023.
Para los años siguientes en que esté vigente el presente convenio, la
aportación de esos recursos estará supeditada, en todo caso, a las

cve: BOE-A-2023-12882
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«Cuarta. Condiciones económicas.