III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12905)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Dehesa PV Farm 03, SL, la autorización administrativa previa, para la instalación fotovoltaica Caparacena 220, de 93,2 MW instalados, la subestación eléctrica Dehesa 03 30/220 kV e infraestructura de evacuación, en Moclín, Atarfe y Colomera (Granada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75696
términos municipales de Moclín, Atarfe y Colomera, en la provincia de Granada, con las
características definidas en los proyectos «Planta Solar Fotovoltaica Caparacena 220
(T.M. Moclín-Granada)», fechado en octubre de 2020, «Nueva Subestación Dehesa-03
220/30 kV (T.M. Moclín-Granada)», fechado en noviembre de 2020 y « Línea aérea de
alta tensión a 220 kV simple circuito de interconexión de parque solar fotovoltaico
Caparacena 220, subestación colectora Dehesa 03 con recinto de medida fiscal y línea
subterránea de alta tensión a 220 kV entre recinto de medida fiscal y subestación
Caparacena perteneciente a REE, S.A. en los términos municipales Moclín, Colomera y
Atarfe, provincia de Granada», fechado en noviembre de 2020.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
93,2 MVW.
– Potencia pico de módulos: 99 MW.
– Potencia total de inversores: 93,2 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S.A.U: 76 MW.
– Término municipal afectado: Moclín, en la provincia de Granada.
La planta solar fotovoltaica Caparacena 220 evacuará la energía generada a través
de líneas subterráneas a 30 kV que conectarán cada uno de los centros de
transformación de la planta con la subestación Dehesa 03 30/220 kV.
La subestación Dehesa 03 30/220 kV está ubicada en Moclín, en la provincia de
Granada.
La línea eléctrica aérea de 220 kV tiene como origen la subestación Dehesa 03
30/220 kV y finalizará el recinto de medida fiscal próximo a la subestación de
Caparacena 220 kV. La línea se proyecta en simple circuito dúplex y consta de 6,5
kilómetros. Las características principales son:
– Sistema: corriente alterna trifásica.
– Tensión: 30 kV.
– Términos municipales afectados: Moclín, Colomera y Atarfe, en la provincia de
Granada.
La línea eléctrica subterránea de 220 kV, de simple circuito y 101 metros, comenzará
en el recinto de medida fiscal próximo a la subestación Caparacena 220 kV y finalizará
en la subestación Caparacena 220 kV, en el término municipal de Atarfe, provincia de
Granada.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido
de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá
atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto
ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de
evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de
generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento de
todas las condiciones establecidas en el citado artículo. Será necesario obtener
autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y
derivadas del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental si no se cumplen los
supuestos del citado artículo 115.2 del mencionado real decreto.
cve: BOE-A-2023-12905
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75696
términos municipales de Moclín, Atarfe y Colomera, en la provincia de Granada, con las
características definidas en los proyectos «Planta Solar Fotovoltaica Caparacena 220
(T.M. Moclín-Granada)», fechado en octubre de 2020, «Nueva Subestación Dehesa-03
220/30 kV (T.M. Moclín-Granada)», fechado en noviembre de 2020 y « Línea aérea de
alta tensión a 220 kV simple circuito de interconexión de parque solar fotovoltaico
Caparacena 220, subestación colectora Dehesa 03 con recinto de medida fiscal y línea
subterránea de alta tensión a 220 kV entre recinto de medida fiscal y subestación
Caparacena perteneciente a REE, S.A. en los términos municipales Moclín, Colomera y
Atarfe, provincia de Granada», fechado en noviembre de 2020.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
93,2 MVW.
– Potencia pico de módulos: 99 MW.
– Potencia total de inversores: 93,2 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S.A.U: 76 MW.
– Término municipal afectado: Moclín, en la provincia de Granada.
La planta solar fotovoltaica Caparacena 220 evacuará la energía generada a través
de líneas subterráneas a 30 kV que conectarán cada uno de los centros de
transformación de la planta con la subestación Dehesa 03 30/220 kV.
La subestación Dehesa 03 30/220 kV está ubicada en Moclín, en la provincia de
Granada.
La línea eléctrica aérea de 220 kV tiene como origen la subestación Dehesa 03
30/220 kV y finalizará el recinto de medida fiscal próximo a la subestación de
Caparacena 220 kV. La línea se proyecta en simple circuito dúplex y consta de 6,5
kilómetros. Las características principales son:
– Sistema: corriente alterna trifásica.
– Tensión: 30 kV.
– Términos municipales afectados: Moclín, Colomera y Atarfe, en la provincia de
Granada.
La línea eléctrica subterránea de 220 kV, de simple circuito y 101 metros, comenzará
en el recinto de medida fiscal próximo a la subestación Caparacena 220 kV y finalizará
en la subestación Caparacena 220 kV, en el término municipal de Atarfe, provincia de
Granada.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido
de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá
atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto
ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de
evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de
generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento de
todas las condiciones establecidas en el citado artículo. Será necesario obtener
autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y
derivadas del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental si no se cumplen los
supuestos del citado artículo 115.2 del mencionado real decreto.
cve: BOE-A-2023-12905
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129