II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-12817)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 75287
podrán ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma
localidad. En el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción
provisional, y este fuera adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles
un puesto de trabajo en la misma localidad.
8. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
9. Las personas aspirantes que procedan de la situación administrativa de
suspensión firme de funciones acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa
de haber finalizado el periodo de suspensión.
Tercera.
Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
Anexo III. Solicitud de participación.
Anexo IV. Certificado de méritos generales.
Anexo V. Méritos específicos alegados por el candidato en relación con los puestos
solicitados. A este Anexo se incorporará la documentación probatoria de dichos méritos
acompañado de un índice de documentos.
Anexo VI. Consentimiento para la consulta al Sistema de Verificación de Datos de
Residencia.
Los citados modelos, para cumplimentar e imprimir, se encuentran disponibles en la
página web del IMSERSO: (https://imserso.es/el-imserso/mas-informacion/concursosprovision-puestos-trabajo)
cve: BOE-A-2023-12817
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se dirigirán a la Sra. Secretaria
General del IMSERSO ajustándose a los modelos publicados como Anexos a esta
Resolución y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el
siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
Las instancias se presentarán través del Portal Funciona (o aplicación informática
correspondiente), siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado
electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este
medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que
acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de la
aplicación informática correspondiente.
Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la
Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su
solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite
esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1
de octubre.
La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos
expresamente previstos en esta base.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta.
La solicitud a presentar consistirá en los siguientes Anexos:
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 75287
podrán ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma
localidad. En el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción
provisional, y este fuera adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles
un puesto de trabajo en la misma localidad.
8. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
9. Las personas aspirantes que procedan de la situación administrativa de
suspensión firme de funciones acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa
de haber finalizado el periodo de suspensión.
Tercera.
Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
Anexo III. Solicitud de participación.
Anexo IV. Certificado de méritos generales.
Anexo V. Méritos específicos alegados por el candidato en relación con los puestos
solicitados. A este Anexo se incorporará la documentación probatoria de dichos méritos
acompañado de un índice de documentos.
Anexo VI. Consentimiento para la consulta al Sistema de Verificación de Datos de
Residencia.
Los citados modelos, para cumplimentar e imprimir, se encuentran disponibles en la
página web del IMSERSO: (https://imserso.es/el-imserso/mas-informacion/concursosprovision-puestos-trabajo)
cve: BOE-A-2023-12817
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se dirigirán a la Sra. Secretaria
General del IMSERSO ajustándose a los modelos publicados como Anexos a esta
Resolución y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el
siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
Las instancias se presentarán través del Portal Funciona (o aplicación informática
correspondiente), siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado
electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este
medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que
acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de la
aplicación informática correspondiente.
Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la
Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su
solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite
esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1
de octubre.
La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos
expresamente previstos en esta base.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta.
La solicitud a presentar consistirá en los siguientes Anexos: