III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12899)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Pañol Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Pañol Solar, de 92,5 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Chiloeches y Guadalajara (Guadalajara).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75647
Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Demarcación de Carreteras del Estado en
Castilla-La Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con
las mismas.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, del
Ayuntamiento de Chiloeches, de Redexis Gas, SA, y de UFD Distribución Electricidad,
SA, en las que se recogen condicionados a las actuaciones a llevar a cabo por el
promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta
su conformidad con las mismas.
Preguntados el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la Dirección
General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Carreteras de la
Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la
Diputación Provincial de Guadalajara, el Ayuntamiento de Guadalajara, Hidroeléctrica El
Carmen Redes, SL, la Compañía Logística de Hidrocarburos, SA (EXOLUM), Red
Eléctrica de España, SA y Telefónica de España SAU, no se ha recibido contestación por
su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto
en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 19 de julio de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y con fecha 16 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia
de Guadalajara». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación
Hidrográfica del Tajo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a
la Oficina Española del Cambio Climático de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General
de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, a la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa.
Subdirección General de Patrimonio, a la Dirección General de Salud Pública del
Ministerio de Sanidad, a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del
Ministerio de Interior, a la Dirección General de Transición Energética de la Consejería
de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
Viceconsejería de Cultura y Deportes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de
Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Salud Pública
de la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
Viceconsejería de Medio Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Viceconsejería de Medio
Ambiente de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha, a Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible
en Guadalajara, a WWF/ADENA, a Ecologistas en Acción-CODA (Confederación
Nacional) y a SEO/BirdLife.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Guadalajara emitió informe en fecha 23 de junio de 2022.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El anteproyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental (en adelante,
EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental,
habiendo sido formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada
cve: BOE-A-2023-12899
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75647
Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Demarcación de Carreteras del Estado en
Castilla-La Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con
las mismas.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, del
Ayuntamiento de Chiloeches, de Redexis Gas, SA, y de UFD Distribución Electricidad,
SA, en las que se recogen condicionados a las actuaciones a llevar a cabo por el
promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta
su conformidad con las mismas.
Preguntados el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la Dirección
General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Carreteras de la
Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la
Diputación Provincial de Guadalajara, el Ayuntamiento de Guadalajara, Hidroeléctrica El
Carmen Redes, SL, la Compañía Logística de Hidrocarburos, SA (EXOLUM), Red
Eléctrica de España, SA y Telefónica de España SAU, no se ha recibido contestación por
su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto
en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 19 de julio de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y con fecha 16 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia
de Guadalajara». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación
Hidrográfica del Tajo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a
la Oficina Española del Cambio Climático de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General
de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, a la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa.
Subdirección General de Patrimonio, a la Dirección General de Salud Pública del
Ministerio de Sanidad, a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del
Ministerio de Interior, a la Dirección General de Transición Energética de la Consejería
de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
Viceconsejería de Cultura y Deportes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de
Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Salud Pública
de la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
Viceconsejería de Medio Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Viceconsejería de Medio
Ambiente de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha, a Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible
en Guadalajara, a WWF/ADENA, a Ecologistas en Acción-CODA (Confederación
Nacional) y a SEO/BirdLife.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Guadalajara emitió informe en fecha 23 de junio de 2022.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El anteproyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental (en adelante,
EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental,
habiendo sido formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada
cve: BOE-A-2023-12899
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129