III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12896)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Elawan Energy, SL, autorización administrativa previa del parque fotovoltaico Elawan Ayora III, de 21 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Carcelén (Albacete) y Jarafuel y Zarra (Valencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75626
Se ha recibido informe de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Consejería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la
Generalitat Valenciana, el cual emite informe desfavorable, debido a que no tiene en
cuenta en los distintos análisis las plantas fotovoltaicas contiguas al proyecto, no ha
estudiado la eficiencia del emplazamiento en relación a la red eléctrica general y no
justifica la necesidad de la instalación y de la expropiación de las parcelas para declarar
la utilidad pública del proyecto. Se da traslado al promotor, el cual alega que la
tramitación de la instalación corresponde a la Administración General del Estado. Se da
traslado al organismo para que muestre su conformidad o reparos, no habiéndose
recibido contestación, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Ayuntamiento de Jarafuel, la Confederación Hidrográfica del Júcar,
O.A., i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, el Área de Carreteras e Infraestructuras
de la Diputación Provincial de Valencia, la Mancomunidad Comarcal del Valle de AyoraCofrentes, Iberenova Promociones, SAU, SPV Genia Davinci, SL, Acciona Eólica del
Levante, SLU., la Comunidad de Regantes de Jarafuel y la Comunidad de Regantes de
Zarra, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad
de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 4 de marzo de 2023 en el «Boletín
Oficial del Estado», con fecha 8 de marzo de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia
de Albacete» y con fecha 10 de marzo de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Valencia». Se recibió una alegación, la cual fue contestada por el promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del EsIA acompañadas de
solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental, a la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.; a la Dirección
General de Economía Circular, a la Dirección General de Transición Energética y a la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo
Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; a la Dirección General
de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; al Servicio de Cultura de la Consejería
de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; a
la Delegación Provincial de Albacete de la Consejería de Sanidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha; al Servicio de Medio Rural de la Delegación
Provincial de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural en Albacete de la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha;
a la Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental y a la Dirección General
de Prevención de Incendios Forestales de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Emergencia Climática y Transición Ecológica de la Generalitat Valenciana; al Servicio de
Infraestructura Verde y Paisaje y al Servicio de Gestión Territorial de la Dirección General
de Política Territorial y Paisaje de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y
Movilidad de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General de Cultura y Patrimonio de
la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana; a la
Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Consejería de Sanidad Universal
y Salud Pública de la Generalitat Valenciana y a la Agencia Valenciana de Seguridad y
Respuesta a Emergencias de la Generalitat Valenciana.
La Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Albacete emitió informe en fecha 30 de marzo de 2023 y el Área de Industria y Energía
de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana emitió informe en fecha 3 de
abril de 2023.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
cve: BOE-A-2023-12896
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75626
Se ha recibido informe de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Consejería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la
Generalitat Valenciana, el cual emite informe desfavorable, debido a que no tiene en
cuenta en los distintos análisis las plantas fotovoltaicas contiguas al proyecto, no ha
estudiado la eficiencia del emplazamiento en relación a la red eléctrica general y no
justifica la necesidad de la instalación y de la expropiación de las parcelas para declarar
la utilidad pública del proyecto. Se da traslado al promotor, el cual alega que la
tramitación de la instalación corresponde a la Administración General del Estado. Se da
traslado al organismo para que muestre su conformidad o reparos, no habiéndose
recibido contestación, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Ayuntamiento de Jarafuel, la Confederación Hidrográfica del Júcar,
O.A., i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, el Área de Carreteras e Infraestructuras
de la Diputación Provincial de Valencia, la Mancomunidad Comarcal del Valle de AyoraCofrentes, Iberenova Promociones, SAU, SPV Genia Davinci, SL, Acciona Eólica del
Levante, SLU., la Comunidad de Regantes de Jarafuel y la Comunidad de Regantes de
Zarra, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad
de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 4 de marzo de 2023 en el «Boletín
Oficial del Estado», con fecha 8 de marzo de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia
de Albacete» y con fecha 10 de marzo de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Valencia». Se recibió una alegación, la cual fue contestada por el promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del EsIA acompañadas de
solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental, a la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.; a la Dirección
General de Economía Circular, a la Dirección General de Transición Energética y a la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo
Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; a la Dirección General
de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; al Servicio de Cultura de la Consejería
de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; a
la Delegación Provincial de Albacete de la Consejería de Sanidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha; al Servicio de Medio Rural de la Delegación
Provincial de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural en Albacete de la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha;
a la Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental y a la Dirección General
de Prevención de Incendios Forestales de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Emergencia Climática y Transición Ecológica de la Generalitat Valenciana; al Servicio de
Infraestructura Verde y Paisaje y al Servicio de Gestión Territorial de la Dirección General
de Política Territorial y Paisaje de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y
Movilidad de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General de Cultura y Patrimonio de
la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana; a la
Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Consejería de Sanidad Universal
y Salud Pública de la Generalitat Valenciana y a la Agencia Valenciana de Seguridad y
Respuesta a Emergencias de la Generalitat Valenciana.
La Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Albacete emitió informe en fecha 30 de marzo de 2023 y el Área de Industria y Energía
de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana emitió informe en fecha 3 de
abril de 2023.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
cve: BOE-A-2023-12896
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129