III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12895)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Dehesa PV Farm 04, SL, la autorización administrativa previa, para la instalación fotovoltaica Caparacena 400, de 217,56 MW instalados, la SET Dehesa 04 y la línea de evacuación a 220 kV desde SET Dehesa 04 hasta SET Dehesa 03, en Iznalloz, Piñar, Deifontes Albolote, Atarfe, Colomera y Moclín (Granada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75621

noviembre de 2020, «Nueva Subestación Dehesa-04 220/30 kV(T.M. Iznalloz-Granada)»,
fechado en noviembre de 2020 y «Línea aérea de alta tensión a 220 kV simple circuito
de interconexión de parque solar fotovoltaico Caparacena 400 con subestación colectora
Dehesa 03, en los términos municipales Iznalloz, Deifontes, Albolote, Atarfe, Colomera y
Moclín, provincia de Granada)», fechado en noviembre de 2020.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
217,56 MW.
– Potencia total de módulos: 230 MW.
– Potencia total de inversores: 217,56 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S.A.U: 177 MW.
– Término municipal afectado: Moclín, en la provincia de Granada.
La Planta Solar Fotovoltaica Caparacena 400 evacuará la energía generada a través
de líneas subterráneas a 30 kV que conectarán cada uno de los centros de
transformación de la planta con la subestación Dehesa 04 30/220 kV.
La subestación Dehesa 04 30/220 kV está ubicada en Iznalloz, en la provincia de
Granada.
La línea eléctrica aérea de 220 kV tiene como origen la subestación eléctrica
elevadora Dehesa 04 30/220 kV y finalizará en la subestación eléctrica colectora
Dehesa 03 30/220 kV. La línea se proyecta en simple circuito dúplex y consta de 28,3
kilómetros. Las características principales son:
– Sistema: corriente alterna trifásica.
– Tensión: 220 kV.
– Términos municipales afectados: Iznalloz, Deifontes, Albolote, Atarfe, Colomera y
Moclín, provincia de Granada.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
No obstante, lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido
de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá
atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto
ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de
evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de
generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento de
todas las condiciones establecidas en el citado artículo. Será necesario obtener
autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y
derivadas del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental si no se cumplen los
supuestos del citado artículo 115.2 del mencionado real decreto.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada declaración de impacto ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, se deberán cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación
que establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así

cve: BOE-A-2023-12895
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Núm. 129