III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12888)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Alberche Conex, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar II, de 42,5 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Mondéjar, Almoguera, Fuentenovilla (Guadalajara) y Ambite (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75553
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Alberche Conex, SLU,
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ojeador
Solar II, de 42,5 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de
evacuación, en Mondéjar, Almoguera, Fuentenovilla (Guadalajara) y Ambite
(Madrid).
Alberche Conex, SLU (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 26 de noviembre
de 2020, autorización administrativa previa de la planta solar fotovoltaica Ojeador Solar
II, de 45,5 MWp, incluyendo sus infraestructuras de evacuación asociadas:
infraestructura de evacuación en 30 kV y SET Ojeadores 220/30 kV; así como
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la
línea a 220 kV SET Ojeadores-SET Armada.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 10 de junio de 2021,
dictó acuerdo de acumulación por el que se acumula la tramitación de los expedientes de
solicitud de autorización administrativa previa de los parques solares fotovoltaicos
Ojeador Solar II, de 45,5 MWp, Ojeador Solar III, de 45,5 MWp, Montería Solar II,
de 45,5 MWp y Montería Solar III, de 45,5 MWp, y sus infraestructuras de evacuación.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 28 de marzo
de 2023, dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separada relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de los parques solares fotovoltaicos
Ojeador Solar II, de 45,5 MWp, Ojeador Solar III, de 45,5 MWp, Montería Solar II,
de 45,5 MWp y Montería Solar III, de 45,5 MWp, y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del Canal de
Isabel II, de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de
Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, de la Subdirección General
de Industria e Inspección de la Comunidad de Madrid de la Dirección General de
Promoción Económica e Industrial de la Viceconsejería de Economía de la Consejería de
Economía Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de
Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural del Gobierno
de Castilla-La Mancha, de la Diputación de Guadalajara, de Red Eléctrica de España, de
Telefónica de España y del Ayuntamiento de Fuentenovilla. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la
Dirección General de Infraestructura de la Secretaría de Estado de Defensa del
Ministerio de Defensa, del Área de Vías Pecuarias de la Subdirección General de
Producción Agroalimentaria de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
cve: BOE-A-2023-12888
Verificable en https://www.boe.es
12888
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75553
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Alberche Conex, SLU,
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ojeador
Solar II, de 42,5 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de
evacuación, en Mondéjar, Almoguera, Fuentenovilla (Guadalajara) y Ambite
(Madrid).
Alberche Conex, SLU (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 26 de noviembre
de 2020, autorización administrativa previa de la planta solar fotovoltaica Ojeador Solar
II, de 45,5 MWp, incluyendo sus infraestructuras de evacuación asociadas:
infraestructura de evacuación en 30 kV y SET Ojeadores 220/30 kV; así como
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la
línea a 220 kV SET Ojeadores-SET Armada.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 10 de junio de 2021,
dictó acuerdo de acumulación por el que se acumula la tramitación de los expedientes de
solicitud de autorización administrativa previa de los parques solares fotovoltaicos
Ojeador Solar II, de 45,5 MWp, Ojeador Solar III, de 45,5 MWp, Montería Solar II,
de 45,5 MWp y Montería Solar III, de 45,5 MWp, y sus infraestructuras de evacuación.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 28 de marzo
de 2023, dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separada relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de los parques solares fotovoltaicos
Ojeador Solar II, de 45,5 MWp, Ojeador Solar III, de 45,5 MWp, Montería Solar II,
de 45,5 MWp y Montería Solar III, de 45,5 MWp, y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del Canal de
Isabel II, de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de
Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, de la Subdirección General
de Industria e Inspección de la Comunidad de Madrid de la Dirección General de
Promoción Económica e Industrial de la Viceconsejería de Economía de la Consejería de
Economía Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de
Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural del Gobierno
de Castilla-La Mancha, de la Diputación de Guadalajara, de Red Eléctrica de España, de
Telefónica de España y del Ayuntamiento de Fuentenovilla. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la
Dirección General de Infraestructura de la Secretaría de Estado de Defensa del
Ministerio de Defensa, del Área de Vías Pecuarias de la Subdirección General de
Producción Agroalimentaria de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
cve: BOE-A-2023-12888
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