III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Subvenciones. (BOE-A-2023-12869)
Orden INT/536/2023, de 22 de mayo, por la que se concede una subvención directa a Fundación Anar para ayudar a niños y adolescentes en riesgo, para el ejercicio presupuestario 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75420
desde el Teléfono, Chat o E-mail ANAR se informará al menor/adulto que debe apoyarse
en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para tratar su problema, y se le
facilitará la información de contacto con los mismos.
2. Teniendo conocimiento el personal especializado, ya sea a través del Teléfono
ANAR Chat o E-mail ANAR, de la posibilidad de que algún menor se encuentre en
situación de riesgo, desamparo o conflicto social, se realizará una valoración específica
del caso para definir si es necesario buscar el apoyo inmediato de las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado como complemento a la orientación psicológica, jurídica o
social. En este caso, el personal del Teléfono, Chat e E-mail ANAR informará al menor
del procedimiento que se va a seguir en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado, para que facilite su identificación y localización, posibilitando así el
contacto con su consentimiento.
Una vez iniciado el contacto urgente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, desde el Teléfono, Chat o E-mail ANAR se mantendrán en contacto telefónico
con el propio menor hasta que los agentes acudan a buscarle. Al llegar, los agentes se
presentarán e identificarán mutuamente para mayor seguridad. Posteriormente, desde el
teléfono, Chat o E-mail ANAR se llevará un seguimiento de los casos.
3. Cuando el Teléfono, Chat e E-mail ANAR detecte situaciones de desprotección o
riesgo que requieran una investigación más extensa, pero no de carácter urgente, lo
comunicará a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con el objeto de que
puedan investigarlas y coordinarse con los Servicios Sociales y de Protección y
cualesquiera otros recursos que se consideren convenientes en cada Comunidad
Autónoma. En este caso, el personal del Teléfono, Chat e E-mail ANAR informará al
menor o al adulto del procedimiento que se va a seguir, de los recursos a los que se va a
acudir y recabará su consentimiento. Del mismo modo, desde el Teléfono ANAR, Chat e
E-mail se realizará un seguimiento de los casos.
B)
Objetivos específicos:
Objetivo 1: Prestar el servicio del Teléfono ANAR para Casos de Niños/as
Desaparecidos/as (116000) de forma gratuita y confidencial para la persona que llama.
Objetivo 2: Dar asesoramiento y apoyo psicológico, jurídico y social a las personas
responsables de los/as menores de edad desaparecidos/as.
Objetivo 3: Apoyar la investigación de los casos de niños desaparecidos en
coordinación con los recursos sociales y cuerpos de seguridad y promover la
colaboración ciudadana.
Objetivo 4: Lanzar una campaña de prevención y concienciación sobre las
principales causas de desaparición de los/as menores y protocolos de actuación, para
poder reducir al máximo los casos de menores de edad desaparecidos.
C)
Objetivos operativos: resultados esperados:
Explorar los hechos en relación a la desaparición para ofrecer la orientación más
adecuada (psicológica, jurídica y social) y transferir cuando sea necesario o aquellas de
colaboración ciudadana a las Unidades Especializadas designadas por las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad. Los/as profesionales de la psicología-orientadores/as
especializados/as en desaparición de personas menores de edad, orientarán todas las
llamadas, haciendo exploración, contención emocional (siempre que sea necesario) y
realizando una orientación a partir de la evaluación del problema que originó la
desaparición de la persona menor de edad (fuga, secuestro, sustracción, etc.) con el fin
último, siempre que sea posible, de lograr la restitución al niño o niña a su familia.
cve: BOE-A-2023-12869
Verificable en https://www.boe.es
Para el objetivo 1.
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75420
desde el Teléfono, Chat o E-mail ANAR se informará al menor/adulto que debe apoyarse
en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para tratar su problema, y se le
facilitará la información de contacto con los mismos.
2. Teniendo conocimiento el personal especializado, ya sea a través del Teléfono
ANAR Chat o E-mail ANAR, de la posibilidad de que algún menor se encuentre en
situación de riesgo, desamparo o conflicto social, se realizará una valoración específica
del caso para definir si es necesario buscar el apoyo inmediato de las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado como complemento a la orientación psicológica, jurídica o
social. En este caso, el personal del Teléfono, Chat e E-mail ANAR informará al menor
del procedimiento que se va a seguir en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado, para que facilite su identificación y localización, posibilitando así el
contacto con su consentimiento.
Una vez iniciado el contacto urgente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, desde el Teléfono, Chat o E-mail ANAR se mantendrán en contacto telefónico
con el propio menor hasta que los agentes acudan a buscarle. Al llegar, los agentes se
presentarán e identificarán mutuamente para mayor seguridad. Posteriormente, desde el
teléfono, Chat o E-mail ANAR se llevará un seguimiento de los casos.
3. Cuando el Teléfono, Chat e E-mail ANAR detecte situaciones de desprotección o
riesgo que requieran una investigación más extensa, pero no de carácter urgente, lo
comunicará a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con el objeto de que
puedan investigarlas y coordinarse con los Servicios Sociales y de Protección y
cualesquiera otros recursos que se consideren convenientes en cada Comunidad
Autónoma. En este caso, el personal del Teléfono, Chat e E-mail ANAR informará al
menor o al adulto del procedimiento que se va a seguir, de los recursos a los que se va a
acudir y recabará su consentimiento. Del mismo modo, desde el Teléfono ANAR, Chat e
E-mail se realizará un seguimiento de los casos.
B)
Objetivos específicos:
Objetivo 1: Prestar el servicio del Teléfono ANAR para Casos de Niños/as
Desaparecidos/as (116000) de forma gratuita y confidencial para la persona que llama.
Objetivo 2: Dar asesoramiento y apoyo psicológico, jurídico y social a las personas
responsables de los/as menores de edad desaparecidos/as.
Objetivo 3: Apoyar la investigación de los casos de niños desaparecidos en
coordinación con los recursos sociales y cuerpos de seguridad y promover la
colaboración ciudadana.
Objetivo 4: Lanzar una campaña de prevención y concienciación sobre las
principales causas de desaparición de los/as menores y protocolos de actuación, para
poder reducir al máximo los casos de menores de edad desaparecidos.
C)
Objetivos operativos: resultados esperados:
Explorar los hechos en relación a la desaparición para ofrecer la orientación más
adecuada (psicológica, jurídica y social) y transferir cuando sea necesario o aquellas de
colaboración ciudadana a las Unidades Especializadas designadas por las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad. Los/as profesionales de la psicología-orientadores/as
especializados/as en desaparición de personas menores de edad, orientarán todas las
llamadas, haciendo exploración, contención emocional (siempre que sea necesario) y
realizando una orientación a partir de la evaluación del problema que originó la
desaparición de la persona menor de edad (fuga, secuestro, sustracción, etc.) con el fin
último, siempre que sea posible, de lograr la restitución al niño o niña a su familia.
cve: BOE-A-2023-12869
Verificable en https://www.boe.es
Para el objetivo 1.