I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comercio exterior. (BOE-A-2023-12785)
Orden ICT/534/2023, de 26 de mayo, por la que se modifican los anexos I.1, III.2 y III.5 del Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, aprobado por el Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 75048
Se modifica la categoría ML13, párrafo c, sobre cascos, componentes y accesorios,
como sigue:
«c. Cascos y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos,
según se indica:
1. Cascos manufacturados de acuerdo con estándares o especificaciones
militares, o con normas nacionales comparables;
2. Armazones, forros y acolchados diseñados especialmente para los cascos
que se especifican en el subartículo 13.c.1.;
3. Complementos de protección balística diseñados especialmente para los
cascos que se especifican en el subartículo 13.c.1.;
N. B.: Véase la entrada correspondiente de este anexo para otros
componentes o accesorios del casco para militares.»
Se modifica la categoría ML13, nota 2, como sigue:
«Nota 2: El subartículo 13.c. no se aplica a los cascos que tengan todas las
características siguientes:
a. Haber sido manufacturados por primera vez con anterioridad a 1970; y
b. No estar diseñados ni modificados para aceptar material especificado en la
Lista Común Militar de la UE ni estar equipados con dicho material.»
Catorce.
ANEXO I.1 MATERIAL DE DEFENSA EN GENERAL. CATEGORÍA 14.
Se modifica el título de la categoría 14 de material de defensa del anexo I.1, como
sigue:
«ML14 “Equipos especializados para el entrenamiento militar” o la simulación
de escenarios militares, simuladores diseñados especialmente para el aprendizaje
del manejo de armas de fuego u otras armas especificados en los artículos ML1 o
ML2, y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos.»
Quince.
ANEXO I.1 MATERIAL DE DEFENSA EN GENERAL. CATEGORÍA 15.
Se modifica el título de la categoría 15 de material de defensa del anexo I.1, como
sigue:
«ML15 Equipos de formación de imagen o de contramedida, según se indica,
diseñados especialmente para uso militar y componentes y accesorios diseñados
especialmente para ellos:»
Dieciséis.
ANEXO I.1 MATERIAL DE DEFENSA EN GENERAL. CATEGORÍA 16.
«ML16 Piezas de forja, piezas de fundición y productos semielaborados,
diseñados especialmente para los productos especificados en los artículos ML1,
ML2, ML3, ML4, ML6, ML9, ML10, ML12 o ML19.»
Diecisiete.
ANEXO I.1 MATERIAL DE DEFENSA EN GENERAL. CATEGORÍA 17.
Se modifica el título de la categoría 17 de material de defensa del anexo I.1, como
sigue:
«ML17 Equipos misceláneos, materiales y “bibliotecas”, según se indica, y
componentes diseñados especialmente para ellos:»
cve: BOE-A-2023-12785
Verificable en https://www.boe.es
Se modifica el título de la categoría 16 de material de defensa del anexo I.1, como
sigue:
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 75048
Se modifica la categoría ML13, párrafo c, sobre cascos, componentes y accesorios,
como sigue:
«c. Cascos y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos,
según se indica:
1. Cascos manufacturados de acuerdo con estándares o especificaciones
militares, o con normas nacionales comparables;
2. Armazones, forros y acolchados diseñados especialmente para los cascos
que se especifican en el subartículo 13.c.1.;
3. Complementos de protección balística diseñados especialmente para los
cascos que se especifican en el subartículo 13.c.1.;
N. B.: Véase la entrada correspondiente de este anexo para otros
componentes o accesorios del casco para militares.»
Se modifica la categoría ML13, nota 2, como sigue:
«Nota 2: El subartículo 13.c. no se aplica a los cascos que tengan todas las
características siguientes:
a. Haber sido manufacturados por primera vez con anterioridad a 1970; y
b. No estar diseñados ni modificados para aceptar material especificado en la
Lista Común Militar de la UE ni estar equipados con dicho material.»
Catorce.
ANEXO I.1 MATERIAL DE DEFENSA EN GENERAL. CATEGORÍA 14.
Se modifica el título de la categoría 14 de material de defensa del anexo I.1, como
sigue:
«ML14 “Equipos especializados para el entrenamiento militar” o la simulación
de escenarios militares, simuladores diseñados especialmente para el aprendizaje
del manejo de armas de fuego u otras armas especificados en los artículos ML1 o
ML2, y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos.»
Quince.
ANEXO I.1 MATERIAL DE DEFENSA EN GENERAL. CATEGORÍA 15.
Se modifica el título de la categoría 15 de material de defensa del anexo I.1, como
sigue:
«ML15 Equipos de formación de imagen o de contramedida, según se indica,
diseñados especialmente para uso militar y componentes y accesorios diseñados
especialmente para ellos:»
Dieciséis.
ANEXO I.1 MATERIAL DE DEFENSA EN GENERAL. CATEGORÍA 16.
«ML16 Piezas de forja, piezas de fundición y productos semielaborados,
diseñados especialmente para los productos especificados en los artículos ML1,
ML2, ML3, ML4, ML6, ML9, ML10, ML12 o ML19.»
Diecisiete.
ANEXO I.1 MATERIAL DE DEFENSA EN GENERAL. CATEGORÍA 17.
Se modifica el título de la categoría 17 de material de defensa del anexo I.1, como
sigue:
«ML17 Equipos misceláneos, materiales y “bibliotecas”, según se indica, y
componentes diseñados especialmente para ellos:»
cve: BOE-A-2023-12785
Verificable en https://www.boe.es
Se modifica el título de la categoría 16 de material de defensa del anexo I.1, como
sigue: