III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Productos agrarios. Contratación. (BOE-A-2023-12773)
Orden APA/532/2023, de 18 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de forrajes con destino a su transformación y comercialización, campaña 2023/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Martes 30 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 74962
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
12773
Orden APA/532/2023, de 18 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo
de compraventa de forrajes con destino a su transformación y
comercialización, campaña 2023/2024.
Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de compraventa de forrajes con
destino a su transformación y comercialización, formulada por la Asociación Interprofesional
de Forrajes Españoles, AIFE, cumpliéndose los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7
de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y en el Real
Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento y de conformidad
con la propuesta elevada por la Dirección General de la Industria Alimentaria.
En su virtud, dispongo:
Primero.
Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero,
reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y en el Real
Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento, el contrato-tipo
de compraventa de forrajes con destino a su transformación y comercialización que
regirá durante la campaña 2023/2024, cuyo texto figura en el anexo de esta Orden.
Segundo.
El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será el de un
año a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 18 de mayo de 2023.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.
ANEXO
Contrato tipo de compraventa de forrajes con destino a su transformación y/o
comercialización para la campaña 2023/2024
Contrato n.º ..............................
De una parte como vendedor D. .................................................................................
con DNI n.º ................... actuando(1) en nombre propio o como .......................................
de la entidad denominada ......................................................................................., con
NIF n.º ...................... y domiciliada en ......................, calle .............................................,
número .............
Y de otra parte, como comprador D. ..................................................................., con
NIF n.º .................................., con domicilio en ...............................................................,
provincia de ........................., representada en este acto por D. ......................................,
con DNI n.º ............................
Reconociéndose ambas partes capacidad necesaria para contratar, y declarando su
sometimiento a la normativa legal que se pudiera establecer durante la campaña,
conciertan el presente contrato.
cve: BOE-A-2023-12773
Verificable en https://www.boe.es
En ................................................................ a ......... de ................... de 20....
Núm. 128
Martes 30 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 74962
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
12773
Orden APA/532/2023, de 18 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo
de compraventa de forrajes con destino a su transformación y
comercialización, campaña 2023/2024.
Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de compraventa de forrajes con
destino a su transformación y comercialización, formulada por la Asociación Interprofesional
de Forrajes Españoles, AIFE, cumpliéndose los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7
de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y en el Real
Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento y de conformidad
con la propuesta elevada por la Dirección General de la Industria Alimentaria.
En su virtud, dispongo:
Primero.
Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero,
reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y en el Real
Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento, el contrato-tipo
de compraventa de forrajes con destino a su transformación y comercialización que
regirá durante la campaña 2023/2024, cuyo texto figura en el anexo de esta Orden.
Segundo.
El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será el de un
año a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 18 de mayo de 2023.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.
ANEXO
Contrato tipo de compraventa de forrajes con destino a su transformación y/o
comercialización para la campaña 2023/2024
Contrato n.º ..............................
De una parte como vendedor D. .................................................................................
con DNI n.º ................... actuando(1) en nombre propio o como .......................................
de la entidad denominada ......................................................................................., con
NIF n.º ...................... y domiciliada en ......................, calle .............................................,
número .............
Y de otra parte, como comprador D. ..................................................................., con
NIF n.º .................................., con domicilio en ...............................................................,
provincia de ........................., representada en este acto por D. ......................................,
con DNI n.º ............................
Reconociéndose ambas partes capacidad necesaria para contratar, y declarando su
sometimiento a la normativa legal que se pudiera establecer durante la campaña,
conciertan el presente contrato.
cve: BOE-A-2023-12773
Verificable en https://www.boe.es
En ................................................................ a ......... de ................... de 20....