II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-12586)
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plaza de personal laboral de la categoría de Técnico Especialista de Medios Audiovisuales, Grupo III.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 73594
Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,
salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al
salario mínimo interprofesional.
Los informes relativos a la condición de demandante de empleo se solicitarán en la
oficina de empleo que corresponda, debiendo figurar en ellos todos y cada uno de los
requisitos señalados en el párrafo anterior. Ambos documentos, el informe de periodos
de inscripción y el de inscripción y rechazo, deberán acompañarse a la solicitud.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante una declaración
jurada o promesa escrita del solicitante, según el modelo que se acompaña como anexo
III, debiendo acompañarse a la solicitud.
– Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
– Las familias numerosas, en los términos establecidos en el artículo 12.1.c) de la
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de
familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la
categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el
correspondiente documento actualizado que acredite tal condición.
En el caso de que la plaza sea cubierta en la fase de promoción interna, se
procederá de oficio a la devolución de los derechos de examen a todos los aspirantes
que los hubieran abonado correspondientes a la fase de turno libre.
3.4 Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en que esta adaptación
sea necesaria, para lo cual deberán cumplimentar el apartado correspondiente de la
solicitud de participación. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el dictamen
técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de
discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han
dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de
selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
3.5 Las personas interesadas podrán, en su caso, aportar nuevos documentos a su
solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes. Para ello, deberán acceder con
certificado digital a la Sección «Mis solicitudes» de la Sede Electrónica y retomar su
expediente y seleccionar la opción de mejora de la solicitud.
3.6 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes.
En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la
participación en el proceso selectivo, con independencia de la responsabilidad a que
hubiere lugar.
En cualquier caso, el Tribunal Calificador podrá requerir de las personas aspirantes la
presentación de los originales de la documentación aportada, siendo excluidos del
concurso-oposición si no cumplimentaran el requerimiento.
3.7 El domicilio que figure en las solicitudes se considerará el único válido a efectos de
notificaciones de contestaciones a recursos y reclamaciones, excepto en lo establecido en el
resto de las bases de la presente convocatoria, donde la publicación en los medios citados
sustituirá a la notificación en el domicilio referido, siendo responsabilidad exclusiva de la
persona aspirante todos los errores en la consignación de este, así como la comunicación de
cualquier cambio de dicho domicilio posterior a la solicitud.
3.8 A la solicitud se acompañará necesariamente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte. Los
aspirantes extranjeros deberán presentar documento que acredite que es nacional de la
Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores. Los familiares de los anteriores deberán presentar una
cve: BOE-A-2023-12586
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 73594
Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,
salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al
salario mínimo interprofesional.
Los informes relativos a la condición de demandante de empleo se solicitarán en la
oficina de empleo que corresponda, debiendo figurar en ellos todos y cada uno de los
requisitos señalados en el párrafo anterior. Ambos documentos, el informe de periodos
de inscripción y el de inscripción y rechazo, deberán acompañarse a la solicitud.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante una declaración
jurada o promesa escrita del solicitante, según el modelo que se acompaña como anexo
III, debiendo acompañarse a la solicitud.
– Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
– Las familias numerosas, en los términos establecidos en el artículo 12.1.c) de la
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de
familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la
categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el
correspondiente documento actualizado que acredite tal condición.
En el caso de que la plaza sea cubierta en la fase de promoción interna, se
procederá de oficio a la devolución de los derechos de examen a todos los aspirantes
que los hubieran abonado correspondientes a la fase de turno libre.
3.4 Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en que esta adaptación
sea necesaria, para lo cual deberán cumplimentar el apartado correspondiente de la
solicitud de participación. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el dictamen
técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de
discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han
dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de
selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
3.5 Las personas interesadas podrán, en su caso, aportar nuevos documentos a su
solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes. Para ello, deberán acceder con
certificado digital a la Sección «Mis solicitudes» de la Sede Electrónica y retomar su
expediente y seleccionar la opción de mejora de la solicitud.
3.6 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes.
En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la
participación en el proceso selectivo, con independencia de la responsabilidad a que
hubiere lugar.
En cualquier caso, el Tribunal Calificador podrá requerir de las personas aspirantes la
presentación de los originales de la documentación aportada, siendo excluidos del
concurso-oposición si no cumplimentaran el requerimiento.
3.7 El domicilio que figure en las solicitudes se considerará el único válido a efectos de
notificaciones de contestaciones a recursos y reclamaciones, excepto en lo establecido en el
resto de las bases de la presente convocatoria, donde la publicación en los medios citados
sustituirá a la notificación en el domicilio referido, siendo responsabilidad exclusiva de la
persona aspirante todos los errores en la consignación de este, así como la comunicación de
cualquier cambio de dicho domicilio posterior a la solicitud.
3.8 A la solicitud se acompañará necesariamente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte. Los
aspirantes extranjeros deberán presentar documento que acredite que es nacional de la
Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores. Los familiares de los anteriores deberán presentar una
cve: BOE-A-2023-12586
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Núm. 127