III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios. (BOE-A-2023-12608)
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en materias comunes de inspección, evaluación, fiscalización y control.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Lunes 29 de mayo de 2023

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la colaboración recíproca, habiéndose demostrado esta línea de colaboración muy útil y
fructífera al posibilitar una detección más rápida y eficaz de las distintas bolsas de fraude
y otros tipos de incumplimientos laborales, así como el diseño de programas, planes y
actuaciones a largo plazo.
Posteriormente, con fecha 19 de septiembre de 2022 ambas partes suscribieron un
nuevo convenio en materias comunes de inspección, evaluación, fiscalización y control.
Como parte de la expresión de un acuerdo unánime expreso entre el OEITSS y el
SEPE amparado en el artículo 51.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, Régimen
Jurídico del Sector Público, ambos firmantes deciden dejar sin efectos el convenio
anterior suscrito, sin que haya sido necesario proceder a la liquidación de obligaciones
económicas pendientes de pago al no haber dado inicio las actividades objeto del
mismo, procediendo a la firma de este nuevo convenio.
Quinto.
Que la suscripción del presente convenio mejora la eficiencia de la gestión de
recursos públicos en materia de bonificaciones de fomento del empleo, formación
profesional para el empleo, y prestaciones por desempleo, facilita la utilización conjunta
de medios y servicios públicos, y contribuye a la realización de actividades de utilidad
pública.
Sexto.
Que se cumplen los trámites preceptivos que establece el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente
convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto fijar el marco de relaciones entre el SEPE y el
OEITSS, fundamentalmente en aquellos aspectos de interés mutuo que permitan la
mejora de las labores de fiscalización y control relacionadas con las áreas de gestión
comunes de cada organismo, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 16.1 y 17.1
de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y
Seguridad Social.
El presente convenio se entiende sin perjuicio de la colaboración e intercambio de
información que pueda tener lugar entre el OEITSS y el SEPE que, conforme al
ordenamiento jurídico proceda, en supuestos distintos de los regulados por el mismo.
Segunda.

Actuaciones en el marco del convenio y obligaciones de las partes.

– Gestión de asuntos comunes y fijación de un Plan Anual de Objetivos para la lucha
contra el fraude.
– Remisión de información y acceso a las bases de datos del SEPE por parte del
OEITSS.
– Formación y perfeccionamiento profesional.
– Contribución a la financiación de gastos corrientes del Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social para la gestión de las actuaciones
contempladas en los Planes Anuales de Objetivos contemplados en la cláusula sexta del
presente convenio.

cve: BOE-A-2023-12608
Verificable en https://www.boe.es

La colaboración objeto de este convenio se desarrollará fundamentalmente en
relación con los siguientes ejes: