III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12629)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Helena Solar 4, de 47,48 MW de potencia pico y 44,68 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Méntrida (Toledo).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 73919
SET Las Loberas 30/220 kV y SET El Límite 30/220 kV; soterramiento parcial entre las
subestaciones SET El Límite 30/220 y SET La Platera 220/400 kV.
Nuevas líneas de evacuación entre las plantas Helena Solar 12 y la subestación SET
La Cañada 30/220kV y entre Helena Solar 7 y la subestación SET Las Loberas 30/220
kV.
La petición fue sometida a una segunda información pública, de conformidad con lo
previsto en el mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo
dispuesto en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 1 de julio
de 2022 en el «Boletín Oficial del Estado» y con fecha 30 de junio de 2022 en el «Boletín
Oficial de la Provincia de Toledo», y el 5 de julio de 2022 en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid». Se han recibido alegaciones, las cuales fueron contestadas por
el promotor.
Entre las alegaciones recogidas se encuentran los promotores de instalaciones de
generación eléctrica Minerva Power, SL, Aulaga Desarrollos España, SL, Granado
Desarrollos Fotovoltaicos España, SL, Progresión Dinámica, SL y Trébol Desarrollos
Fotovoltaicos España, SL, en relación con afecciones del proyecto del promotor con los
de los alegantes. Se dio traslado al promotor, que respondió a las mismas, indicando que
estaba manteniendo reuniones con todas y cada una de las promotoras al objeto de
llegar a soluciones técnicas compatibles para todos los proyectos involucrados.
Se ha recibido contestación, de la que no se desprende oposición, de la Dirección
General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de
Castilla-La Mancha, del Instituto Geográfico Nacional, de Exolum (Compañía Logística
de Hidrocarburos CLH), del Ayuntamiento de Méntrida, de la Dirección General de
Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana, de los Ayuntamientos de Portillo de Toledo y Maqueda, del Canal de
Isabel II y de ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias). Se ha dado traslado
al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de Telefónica de España, SAU, de la Demarcación
de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana, del Ayuntamiento de Santa Cruz de Retamar, de la Dirección General
de Carreteras de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, de Enagás
Transporte, SAU, de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea), de Madrileña Red de
Gas, de la Confederación Hidrográfica del Tajo y de los Ayuntamientos de Navalcarnero
y Villamanta, donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a
llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones,
el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Transición Energética de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha, donde se ponen de
manifiesto una serie de propuestas en relación con el proyecto consultado. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, y argumenta su postura en la respuesta. No
se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del promotor, por lo
que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4
del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha,
donde se ponen de manifestando su oposición con el proyecto consultado por afecciones
con sus infraestructuras. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
indicando que desarrollará durante la fase de proyecto constructivo los datos finales del
trazado de la línea de evacuación y la posición de los apoyos, analizando las afecciones
a las canalizaciones de agua indicadas por Infraestructuras del Agua de Castilla-La
Mancha y que analizará y valorará la afección a la conducción del sistema de Aducción
de Picadas en la zona de Valmojado, afectado por el tramo soterrado de la línea eléctrica
de evacuación, en la fase de proyecto constructivo proponiendo la mejor medida para
salvarlo. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del
promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
cve: BOE-A-2023-12629
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 73919
SET Las Loberas 30/220 kV y SET El Límite 30/220 kV; soterramiento parcial entre las
subestaciones SET El Límite 30/220 y SET La Platera 220/400 kV.
Nuevas líneas de evacuación entre las plantas Helena Solar 12 y la subestación SET
La Cañada 30/220kV y entre Helena Solar 7 y la subestación SET Las Loberas 30/220
kV.
La petición fue sometida a una segunda información pública, de conformidad con lo
previsto en el mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo
dispuesto en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 1 de julio
de 2022 en el «Boletín Oficial del Estado» y con fecha 30 de junio de 2022 en el «Boletín
Oficial de la Provincia de Toledo», y el 5 de julio de 2022 en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid». Se han recibido alegaciones, las cuales fueron contestadas por
el promotor.
Entre las alegaciones recogidas se encuentran los promotores de instalaciones de
generación eléctrica Minerva Power, SL, Aulaga Desarrollos España, SL, Granado
Desarrollos Fotovoltaicos España, SL, Progresión Dinámica, SL y Trébol Desarrollos
Fotovoltaicos España, SL, en relación con afecciones del proyecto del promotor con los
de los alegantes. Se dio traslado al promotor, que respondió a las mismas, indicando que
estaba manteniendo reuniones con todas y cada una de las promotoras al objeto de
llegar a soluciones técnicas compatibles para todos los proyectos involucrados.
Se ha recibido contestación, de la que no se desprende oposición, de la Dirección
General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de
Castilla-La Mancha, del Instituto Geográfico Nacional, de Exolum (Compañía Logística
de Hidrocarburos CLH), del Ayuntamiento de Méntrida, de la Dirección General de
Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana, de los Ayuntamientos de Portillo de Toledo y Maqueda, del Canal de
Isabel II y de ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias). Se ha dado traslado
al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de Telefónica de España, SAU, de la Demarcación
de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana, del Ayuntamiento de Santa Cruz de Retamar, de la Dirección General
de Carreteras de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, de Enagás
Transporte, SAU, de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea), de Madrileña Red de
Gas, de la Confederación Hidrográfica del Tajo y de los Ayuntamientos de Navalcarnero
y Villamanta, donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a
llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones,
el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Transición Energética de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha, donde se ponen de
manifiesto una serie de propuestas en relación con el proyecto consultado. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, y argumenta su postura en la respuesta. No
se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del promotor, por lo
que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4
del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha,
donde se ponen de manifestando su oposición con el proyecto consultado por afecciones
con sus infraestructuras. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
indicando que desarrollará durante la fase de proyecto constructivo los datos finales del
trazado de la línea de evacuación y la posición de los apoyos, analizando las afecciones
a las canalizaciones de agua indicadas por Infraestructuras del Agua de Castilla-La
Mancha y que analizará y valorará la afección a la conducción del sistema de Aducción
de Picadas en la zona de Valmojado, afectado por el tramo soterrado de la línea eléctrica
de evacuación, en la fase de proyecto constructivo proponiendo la mejor medida para
salvarlo. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del
promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
cve: BOE-A-2023-12629
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Núm. 127