III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12624)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Nun Sun Power, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica La Sagra 1, de 200,1 MW de potencia pico y 195,024 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Bargas, Recas (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 73867
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Nun Sun Power, SL, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica La Sagra 1, de 200,1 MW
de potencia pico y 195,024 MW de potencia instalada y su infraestructura de
evacuación, en Bargas, Recas (Toledo).
Nun Sun Power, SL, (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 1 de diciembre
de 2020, subsanada posteriormente en fecha 15 de diciembre de 2020, autorización
administrativa previa de la instalación fotovoltaica La Sagra 1 de 220 MWp, las líneas
subterráneas a 30 kV, la subestación eléctrica Berrocales 30/220 kV y la línea mixta
aéreo-subterránea a 220 kV «SE Berrocales-SE Parla 220 kV REE».
El expediente fue incoado y tramitado íntegramente en el Área de Industria y Energía
de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, incluyendo la información pública y
consultas a organismos afectados y público interesado de las instalaciones ubicadas en
la Comunidad de Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a una primera información pública, de
conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y
en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 28 de mayo de 2021
en el «Boletín Oficial del Estado», con fecha 14 de mayo de 2021 en el «Boletín Oficial
de la Provincia de Toledo» y con fecha 10 de agosto de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Yuncos; de la Confederación
Hidrológica del Tajo; de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural; de UFD Distribución, SA; de la AESA; del Área de
Vías Pecuarias de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad Autónoma de Madrid; del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra; del
Ayuntamiento de Parla; del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco; de la Dirección
General de Aviación Civil; de la Dirección General de Suelo de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Agricultura; de la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio
de Defensa y del Canal Isabel II. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Ugena, del Servicio de
Infraestructuras Viarias y Urbanas de la Diputación de Toledo y del Ayuntamiento de
Illescas, donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a
cabo por el promotor. Se da traslado al promotor de dichas contestaciones, en el que se
no se tiene constancia de aceptación por parte del promotor de los citados
condicionantes.
No se han recibido contestación de ADIF; del Ayuntamiento de Bargas; del
Ayuntamiento de Cabañas; del Ayuntamiento de Camarenilla; del Ayuntamiento de
cve: BOE-A-2023-12624
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12624
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 73867
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Nun Sun Power, SL, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica La Sagra 1, de 200,1 MW
de potencia pico y 195,024 MW de potencia instalada y su infraestructura de
evacuación, en Bargas, Recas (Toledo).
Nun Sun Power, SL, (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 1 de diciembre
de 2020, subsanada posteriormente en fecha 15 de diciembre de 2020, autorización
administrativa previa de la instalación fotovoltaica La Sagra 1 de 220 MWp, las líneas
subterráneas a 30 kV, la subestación eléctrica Berrocales 30/220 kV y la línea mixta
aéreo-subterránea a 220 kV «SE Berrocales-SE Parla 220 kV REE».
El expediente fue incoado y tramitado íntegramente en el Área de Industria y Energía
de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, incluyendo la información pública y
consultas a organismos afectados y público interesado de las instalaciones ubicadas en
la Comunidad de Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a una primera información pública, de
conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y
en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 28 de mayo de 2021
en el «Boletín Oficial del Estado», con fecha 14 de mayo de 2021 en el «Boletín Oficial
de la Provincia de Toledo» y con fecha 10 de agosto de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Yuncos; de la Confederación
Hidrológica del Tajo; de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural; de UFD Distribución, SA; de la AESA; del Área de
Vías Pecuarias de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad Autónoma de Madrid; del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra; del
Ayuntamiento de Parla; del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco; de la Dirección
General de Aviación Civil; de la Dirección General de Suelo de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Agricultura; de la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio
de Defensa y del Canal Isabel II. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Ugena, del Servicio de
Infraestructuras Viarias y Urbanas de la Diputación de Toledo y del Ayuntamiento de
Illescas, donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a
cabo por el promotor. Se da traslado al promotor de dichas contestaciones, en el que se
no se tiene constancia de aceptación por parte del promotor de los citados
condicionantes.
No se han recibido contestación de ADIF; del Ayuntamiento de Bargas; del
Ayuntamiento de Cabañas; del Ayuntamiento de Camarenilla; del Ayuntamiento de
cve: BOE-A-2023-12624
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