III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12634)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Broza Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Broza Solar, de 27,08 MW de potencia instalada e infraestructura de evacuación, en Yebes, Guadalajara y Horche (Guadalajara).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 73967
Ministerio de Defensa y de Redexis Gas, SA. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de la Unidad de
Carreteras del Estado en Guadalajara de la Demarcación de Carreteras del Estado en
Castilla-La Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del
Ayuntamiento de Yebes, y de UFD Distribución Electricidad, SA, en las que se recogen
condicionados a las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Horche, donde se pone de
manifiesto una serie de sugerencias en relación con las infraestructuras de evacuación.
Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, y argumenta su postura en la
respuesta. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del
promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido informe de Infraestructuras Agua Castilla-La Mancha, donde muestra
su oposición y ponen de manifiesto que la implantación propuesta en la zona genera
afecciones a las infraestructuras de abastecimiento de la Mancomunidad de Aguas del
Río Tajuña, en concreto, se produce cruzamientos entre la infraestructura de evacuación
a 220 kV SET Villaflores-AP 2 de la L/220 kV SET Hojarasca-SET Henares y los
siguientes ramales cuya titularidad ostenta el organismo: Ramal 1. Regulador Z1B desde
la EBAP Z1, Ramal 2 Derivación a Horche desde el depósito regulador Z1B y Ramal 7
Valdeluz. Se ha dado traslado al promotor, que declara presentará planos técnicos
describiendo las afecciones y cumpliendo la legislación vigente una vez consolidado el
Proyecto de Construcción y siempre previo inicio de obras, asimismo solicitará a una
visita técnica conjunta para la obtención de los permisos pertinentes por el citado
organismo. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del
promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la Dirección
General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Consejería de Fomento de la Dirección
General de Carreteras de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Diputación
Provincial de Guadalajara, el Ayuntamiento de Guadalajara, la Compañía Logística de
Hidrocarburos, SA (EXOLUM), Hidroeléctrica El Carmen Redes, SL, Red Eléctrica De
España, SA y Telefónica de España SAU, no se ha recibido contestación por su parte,
por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto
en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9
de diciembre, con la publicación el 19 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial del Estado» y
con fecha 16 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara». Se
recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación
Hidrográfica del Tajo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a
la Oficina Española del Cambio Climático de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General
de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, a la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa
de la Subdirección General de Patrimonio, a la Dirección General de Salud Pública del
Ministerio de Sanidad, a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del
Ministerio de Interior, a la Dirección General de Transición Energética de la Consejería
de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
cve: BOE-A-2023-12634
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 73967
Ministerio de Defensa y de Redexis Gas, SA. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de la Unidad de
Carreteras del Estado en Guadalajara de la Demarcación de Carreteras del Estado en
Castilla-La Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del
Ayuntamiento de Yebes, y de UFD Distribución Electricidad, SA, en las que se recogen
condicionados a las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Horche, donde se pone de
manifiesto una serie de sugerencias en relación con las infraestructuras de evacuación.
Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, y argumenta su postura en la
respuesta. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del
promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido informe de Infraestructuras Agua Castilla-La Mancha, donde muestra
su oposición y ponen de manifiesto que la implantación propuesta en la zona genera
afecciones a las infraestructuras de abastecimiento de la Mancomunidad de Aguas del
Río Tajuña, en concreto, se produce cruzamientos entre la infraestructura de evacuación
a 220 kV SET Villaflores-AP 2 de la L/220 kV SET Hojarasca-SET Henares y los
siguientes ramales cuya titularidad ostenta el organismo: Ramal 1. Regulador Z1B desde
la EBAP Z1, Ramal 2 Derivación a Horche desde el depósito regulador Z1B y Ramal 7
Valdeluz. Se ha dado traslado al promotor, que declara presentará planos técnicos
describiendo las afecciones y cumpliendo la legislación vigente una vez consolidado el
Proyecto de Construcción y siempre previo inicio de obras, asimismo solicitará a una
visita técnica conjunta para la obtención de los permisos pertinentes por el citado
organismo. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del
promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la Dirección
General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Consejería de Fomento de la Dirección
General de Carreteras de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Diputación
Provincial de Guadalajara, el Ayuntamiento de Guadalajara, la Compañía Logística de
Hidrocarburos, SA (EXOLUM), Hidroeléctrica El Carmen Redes, SL, Red Eléctrica De
España, SA y Telefónica de España SAU, no se ha recibido contestación por su parte,
por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto
en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9
de diciembre, con la publicación el 19 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial del Estado» y
con fecha 16 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara». Se
recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación
Hidrográfica del Tajo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a
la Oficina Española del Cambio Climático de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General
de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, a la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa
de la Subdirección General de Patrimonio, a la Dirección General de Salud Pública del
Ministerio de Sanidad, a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del
Ministerio de Interior, a la Dirección General de Transición Energética de la Consejería
de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
cve: BOE-A-2023-12634
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Núm. 127