II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ceses y nombramientos. (BOE-A-2023-12418)
Resolución de 12 de mayo de 2023, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se disponen ceses y nombramientos de vocales titulares y suplentes del Comité Consultivo de Contabilidad, y se nombran vocales titulares y suplentes del Comité Consultivo de Sostenibilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. II.A. Pág. 73138
financiera, en representación tanto de las administraciones públicas como de los
distintos sectores implicados en la elaboración, uso y divulgación de dicha información.
En cualquier caso, deberán estar representados los Ministerios de Justicia; de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, a través del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, del Instituto
Nacional de Estadística; de Hacienda y Función Pública, a través de la Intervención
General de la Administración del Estado y de la Dirección General de Tributos; el Banco
de España; la Comisión Nacional del Mercado de Valores; el Consejo General de
Economistas de España.
Asimismo, estará integrado por un representante de las asociaciones u
organizaciones representativas de los emisores de información económica de las
empresas y otro de los usuarios de información contable; un representante de las
asociaciones emisoras de principios y criterios contables; un profesional de la auditoría a
propuesta del Instituto de Censores Jurados de Cuentas y otro de la Universidad.
La persona titular de la Presidencia del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas podrá nombrar hasta cinco personas de reconocido prestigio en materia
contable. Adicionalmente, cuando la complejidad de la materia así lo requiera, podrá
invitar a las reuniones a un experto en dicha materia.
A la deliberación del Comité Consultivo de Contabilidad se someterá cualquier
proyecto o propuesta normativa o interpretativa en materia contable.
4. El Comité Consultivo de Sostenibilidad es el órgano de asesoramiento del
Consejo de Información Corporativa en materia de información corporativa sobre
sostenibilidad. Dicho Comité estará integrado por expertos de reconocido prestigio en
relación con la información corporativa sobre sostenibilidad, en representación tanto de
las administraciones públicas como de los distintos sectores implicados en la
elaboración, uso, divulgación y verificación de dicha información. En cualquier caso,
deberán estar representados los Ministerios de Justicia; de Asuntos Económicos y
Transformación Digital, a través del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas; de
Hacienda y Función Pública; de Transición Ecológica y Reto Demográfico; deberán
nombrar de forma conjunta dos representantes los Ministerios de Trabajo y Economía
Social, de Derechos Sociales y Agenda 2030 y de Igualdad; deberá estar representada
la Comisión Nacional del Mercado de Valores; el Banco de España; la Dirección General
de Seguros y Fondos de Pensiones y el Consejo General de Economistas de España.
Asimismo, estará integrado por dos representantes de las asociaciones u
organizaciones representativas de los emisores de información corporativa sobre
sostenibilidad, siendo uno de ellos representante de las pequeñas y medianas empresas;
un representante de los usuarios de información sobre sostenibilidad y un profesional de
verificación de la información sobre sostenibilidad a propuesta del Instituto de Censores
Jurados de Cuentas.
La persona titular de la Presidencia del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas designará a un representante de dicho Instituto, un representante de la
Universidad, un representante de las asociaciones emisoras de principios y criterios
contables y podrá nombrar hasta cuatro personas de reconocido prestigio en materia de
sostenibilidad. Adicionalmente, cuando la complejidad de la materia así lo requiera,
podrá invitar a las reuniones a un experto en dicha materia.
A la deliberación del Comité Consultivo de Sostenibilidad se someterá cualquier
proyecto o propuesta normativa o interpretativa en materia de información corporativa
sobre sostenibilidad.
5. Las facultades de propuesta al Comité Consultivo de Contabilidad y al Comité
Consultivo de Sostenibilidad corresponden, en la forma y condiciones que
reglamentariamente se establezcan, con carácter general al Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas, sin perjuicio de las referidas al sector financiero que
corresponderán en cada caso al Banco de España, a la Comisión Nacional del Mercado
de Valores y a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, de acuerdo con
sus respectivas competencias, y sin perjuicio de realizar propuestas conjuntas.
cve: BOE-A-2023-12418
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. II.A. Pág. 73138
financiera, en representación tanto de las administraciones públicas como de los
distintos sectores implicados en la elaboración, uso y divulgación de dicha información.
En cualquier caso, deberán estar representados los Ministerios de Justicia; de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, a través del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, del Instituto
Nacional de Estadística; de Hacienda y Función Pública, a través de la Intervención
General de la Administración del Estado y de la Dirección General de Tributos; el Banco
de España; la Comisión Nacional del Mercado de Valores; el Consejo General de
Economistas de España.
Asimismo, estará integrado por un representante de las asociaciones u
organizaciones representativas de los emisores de información económica de las
empresas y otro de los usuarios de información contable; un representante de las
asociaciones emisoras de principios y criterios contables; un profesional de la auditoría a
propuesta del Instituto de Censores Jurados de Cuentas y otro de la Universidad.
La persona titular de la Presidencia del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas podrá nombrar hasta cinco personas de reconocido prestigio en materia
contable. Adicionalmente, cuando la complejidad de la materia así lo requiera, podrá
invitar a las reuniones a un experto en dicha materia.
A la deliberación del Comité Consultivo de Contabilidad se someterá cualquier
proyecto o propuesta normativa o interpretativa en materia contable.
4. El Comité Consultivo de Sostenibilidad es el órgano de asesoramiento del
Consejo de Información Corporativa en materia de información corporativa sobre
sostenibilidad. Dicho Comité estará integrado por expertos de reconocido prestigio en
relación con la información corporativa sobre sostenibilidad, en representación tanto de
las administraciones públicas como de los distintos sectores implicados en la
elaboración, uso, divulgación y verificación de dicha información. En cualquier caso,
deberán estar representados los Ministerios de Justicia; de Asuntos Económicos y
Transformación Digital, a través del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas; de
Hacienda y Función Pública; de Transición Ecológica y Reto Demográfico; deberán
nombrar de forma conjunta dos representantes los Ministerios de Trabajo y Economía
Social, de Derechos Sociales y Agenda 2030 y de Igualdad; deberá estar representada
la Comisión Nacional del Mercado de Valores; el Banco de España; la Dirección General
de Seguros y Fondos de Pensiones y el Consejo General de Economistas de España.
Asimismo, estará integrado por dos representantes de las asociaciones u
organizaciones representativas de los emisores de información corporativa sobre
sostenibilidad, siendo uno de ellos representante de las pequeñas y medianas empresas;
un representante de los usuarios de información sobre sostenibilidad y un profesional de
verificación de la información sobre sostenibilidad a propuesta del Instituto de Censores
Jurados de Cuentas.
La persona titular de la Presidencia del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas designará a un representante de dicho Instituto, un representante de la
Universidad, un representante de las asociaciones emisoras de principios y criterios
contables y podrá nombrar hasta cuatro personas de reconocido prestigio en materia de
sostenibilidad. Adicionalmente, cuando la complejidad de la materia así lo requiera,
podrá invitar a las reuniones a un experto en dicha materia.
A la deliberación del Comité Consultivo de Sostenibilidad se someterá cualquier
proyecto o propuesta normativa o interpretativa en materia de información corporativa
sobre sostenibilidad.
5. Las facultades de propuesta al Comité Consultivo de Contabilidad y al Comité
Consultivo de Sostenibilidad corresponden, en la forma y condiciones que
reglamentariamente se establezcan, con carácter general al Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas, sin perjuicio de las referidas al sector financiero que
corresponderán en cada caso al Banco de España, a la Comisión Nacional del Mercado
de Valores y a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, de acuerdo con
sus respectivas competencias, y sin perjuicio de realizar propuestas conjuntas.
cve: BOE-A-2023-12418
Verificable en https://www.boe.es
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