V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2023-16048)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña por el que se somete a información pública la aprobación provisional del Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de línea límite de edificación en las carreteras AP-7 y B-30 a su paso por Cerdanyola del Vallès, (Barcelona).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Lunes 29 de mayo de 2023

Sec. V-B. Pág. 25309

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

16048

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña por
el que se somete a información pública la aprobación provisional del
Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de línea
límite de e dificación e n las carre te ras AP-7 y B-30 a su paso por
Ce rdanyola de l Vallès, (Barce lona).

Con fecha de 26 de abril de 2023 la Subdirectora General de Planificación y
Explotación, por delegación del Director General de Carreteras (Orden TMA/1007/
2021, de 9 de septiembre, modificada por Orden TMA/355/2023, de 10 de abril), ha
resuelto:
Aprobar provisionalmente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y
establecimiento de línea límite de edificación en las carreteras AP-7 y B-30 a su
paso por Cerdanyola del Vallès (Barcelona) de acuerdo con lo establecido en el
artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, según lo
siguiente:
- Delimitar como tramos urbanos los siguientes:
* Tramo 1: Autovía B-30, entre los pp.kk. 4+496 y 4+640 margen derecho, y
entre los pp.kk. 4+515 y 4+695 margen izquierdo. Autopista AP-7, entre los pp.kk.
152+455 y 152+610 margen izquierdo, y entre los pp.kk. 152+459 y 152+623
margen derecho.
* Tramo 2: Autovía B-30, entre los pp.kk. 5+453 y 7+370 margen izquierdo.
- Fijar, para los tramos urbanos establecidos en el punto anterior, la línea límite
de edificación, en consonancia con el planeamiento vigente en el municipio.
- Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medido horizontal y
perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación a 8 metros en todo el
ámbito de estudio, salvo en los ramales, intersecciones y nudos, que sería a 3
metros.
- Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medido horizontal y
perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación a 25 metros en todo
el ámbito de estudio, salvo en los ramales, intersecciones y nudos, que sería a 8
metros.

Para el cumplimiento de lo ordenado por la Subdirección General de
Planificación y Explotación, se notifica el Estudio a la Generalitat de Cataluña y al
Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallès a fin de que, en el plazo de dos meses,
emitan informe. Asimismo, se somete a información pública por un plazo de 30
días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial del Estado, a fin de que, durante ese periodo de tiempo, cualquier persona
física o jurídica pueda formular las alegaciones que estime oportunas sobre la
repercusión del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de
autorizaciones, infracciones y sanciones

cve: BOE-B-2023-16048
Verificable en https://www.boe.es

- Tramitar el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano modificado según el
procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de carreteras.