III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-12406)
Resolución de 16 de mayo de 2023, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Universitat Autònoma de Barcelona, para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina. Unidad 25 de Nanbiosis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Sábado 27 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72893

de la Plataforma de RMN: Aplicaciones Biomédicas I, el 15 de diciembre de 2007 y su
adenda de renovación de 15 de diciembre de 2009.
XVI. Que, con el fin de adecuar el convenio citado en el párrafo anterior a la nueva
normativa vigente en materia de convenios, las partes deciden formalizar el presente
convenio.
III.

Declaración de intenciones

Con base en los fines antes expuestos, es objetivo común a las partes impulsar la
investigación y están de acuerdo en regular, de forma específica, las condiciones de
funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta, referida en los
Exponendos IX, XII y XV.
En vista de todo lo anterior, las Partes firman el presente convenio, que se regirá por
la buena fe y diligencia en sus actuaciones y por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es dar continuidad y regular, de forma específica, las
condiciones de funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta
descrita en la cláusula siguiente, con el objetivo de permitir y facilitar el uso del
equipamiento que la integra al personal investigador de la UAB y de los grupos que
componen CIBER-BBN, así como de otras instituciones públicas y empresas, de acuerdo
con las tarifas establecidas en la página web de NANBIOSIS www.nanbiosis.es.
Las terceras personas a las que se refiere el párrafo anterior no tienen la
consideración de parte del convenio ni asumen ningún tipo de obligación derivada del
mismo ni suponen un desarrollo ni una modificación del convenio.
Segunda.

Obligaciones de ambas partes:

1. CIBER y la UAB se comprometen a mantener la Plataforma, RMN: Aplicaciones
Biomédicas I, que constituye la Unidad 25 (U25) de la ICTS NANBIOSIS, ubicada en la
UAB, que permite el procesamiento y/o interpretación de datos de Resonancia
Magnética Nuclear, y está integrada por los equipos y aparatos indicados en la página
web de NANBIOSIS, que en el momento de la firma de este convenio son los equipos y
aparatos de los Anexos 1 y 2 de este convenio (en adelante, la Unidad o la Plataforma).
2. CIBER y la UAB se comprometen a permitir el uso de los aparatos y equipos de
la Plataforma al personal investigador de la UAB y de los grupos que integran CIBERBBN, de acuerdo con las tarifas publicadas en la página web de NANBIOSIS y siempre
con sujeción al cumplimiento de las normas de funcionamiento y de utilización de
equipos de la UAB.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no supondrá en ningún caso la transmisión de los
títulos de propiedad de los equipos.
3. La incorporación de nuevos equipos por parte de CIBER y de la UAB a la Unidad
se acordará en la Comisión de Seguimiento de este convenio y deberá contar con la
previa aprobación de Comité de Coordinación de NANBIOSIS, órgano que se ocupará
de informar al Ministerio de Ciencia e Innovación y de actualizar la página web de
NANBIOSIS. Cuando estos equipos o aparatos nuevos necesiten instalación o puesta en
marcha por parte del proveedor habrá un responsable de la UAB que supervisará el
proceso y velará por el cumplimiento de las garantías ofrecidas por parte de la empresa
suministradora.

cve: BOE-A-2023-12406
Verificable en https://www.boe.es

A)

Obligaciones de las partes.