III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-12406)
Resolución de 16 de mayo de 2023, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Universitat Autònoma de Barcelona, para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina. Unidad 25 de Nanbiosis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 27 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72890

II. La Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación científica, por la que se regula la
investigación biomédica, contempla el fomento y la promoción de la actividad
investigadora en el Sistema Nacional de Salud y prevé la colaboración y participación
para la ejecución de programas o proyectos de investigación.
III. El artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público (LRJSP), define los convenios como aquellos acuerdos con efectos
jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y
entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas
entre sí.
IV. Que la Orden Ministerial SCO/806/2006 de 13 de marzo, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar estructuras
estables de investigación cooperativa, en el área de biomedicina y ciencias de la salud,
establece que los CIBER tienen como objeto:
a) Impulsar la investigación de excelencia en Biomedicina y Ciencias de la Salud
que se realiza en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, mediante el desarrollo y
potenciación de estructuras estables de Investigación Cooperativa.
b) Promover y financiar, a través del Instituto de Salud Carlos III, O.A, M.P., la
asociación estable de grupos de investigación pertenecientes a centros de investigación,
en las diversas modalidades de Investigación Cooperativa en Red (Centro de
Investigación Biomédica en Red y Redes Temáticas de Investigación Cooperativa en
Salud), para contribuir a fundamentar científicamente los programas y políticas del
Sistema Nacional de Salud en las áreas prioritarias del Plan Nacional de I+D+I.
c) Generar grandes Centros de Investigación traslacional estables, de carácter
multidisciplinar y pluriinstitucional, donde se integre la investigación básica, clínica y
poblacional, al objeto de desarrollar un único programa común de investigación,
focalizado en ciertas patologías que son relevantes para el Sistema Nacional de Salud
por su prevalencia o que, debido a la repercusión social de las mismas, son
consideradas estratégicas para el mismo.
II. Exponen
I. Que la UAB es un organismo público de carácter multisectorial pluridisciplinario,
que lleva a cabo actividades de docencia, investigación y desarrollo científico y
tecnológico y está interesada en colaborar con los sectores socioeconómicos de nuestro
país a fin de contribuir a la modernización del sistema productivo.
II. Que CIBER es un Consorcio constituido por diversas instituciones y centros de
investigación con sede social en distintas Comunidades Autónomas, el CSIC, M.P. y el
Instituto de Salud Carlos III,O.A, M.P., el cual, de conformidad con el artículo 2 de sus
estatutos, es uno de los instrumentos de los que dispone la Administración para alcanzar
las metas establecidas en la Estrategia Estatal y en los Planes Estatales de Investigación
Científica y Técnica y de Innovación, así como contempla que son finalidades
específicas del Consorcio las siguientes:
a) La realización de programas conjuntos de investigación, desarrollo e innovación
en las áreas temáticas de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina, (CIBERBBN);
Enfermedades Raras, (CIBERER); Enfermedades Respiratorias, (CIBERES);
Enfermedades Hepáticas y Digestivas, (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública,
(CIBERESP); Salud Mental, (CIBERSAM); Diabetes y Enfermedades Metabólicas,
(CIBERDEM); Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición, (CIBEROBN); Fragilidad y
Envejecimiento Saludable (CIBERFES); Enfermedades Cardiovasculares (CIBERCV); y
Cáncer (CIBERONC); Enfermedades Neurodegenrativas (CIBERNED); Enfermedades
Infecciosas (CIBERINFEC).
b) Contribuir a la resolución de los problemas de la asistencia sanitaria
relacionados con dichas áreas.

cve: BOE-A-2023-12406
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Núm. 126