III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-12314)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la realización de una campaña de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en el año 2023 y 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Viernes 26 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72243

tuviera que realizarse más allá del periodo de duración fijado en el presente convenio,
las partes, de común acuerdo, suscribirán la correspondiente adenda prevista en la
cláusula novena del convenio antes de la fecha de finalización del mismo, establecida en
la cláusula octava.
ICEX justificará el gasto de su aportación a este convenio de acuerdo con el
siguiente calendario:
Primera aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente convenio,
ejecutadas, desde la fecha en la que el convenio adquiera eficacia hasta el 1 de junio
de 2023, y cuyo pago sea justificado hasta el 31 de octubre de 2023, previa justificación
por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una
memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente convenio, así
como sus correspondientes documentos justificativos.
Segunda aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente convenio,
ejecutadas desde el 2 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023 y cuyo pago
sea justificado hasta el 29 de febrero 2024, previa justificación por parte de ICEX de la
ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria de acuerdo con lo
especificado en la cláusula cuarta del presente convenio, así como sus correspondientes
documentos justificativos.
Adicionalmente, se establece una liquidación de cierre al final del periodo de vigencia
del convenio en la que se regularizarán las aportaciones de ICEX y MAPA, en caso de
haber diferencias en los términos de financiación establecidos en el convenio.
Sexta. Comisión de seguimiento.
A los efectos de garantizar el cumplimiento del presente convenio se crea una
Comisión de seguimiento para un mejor desarrollo de las actuaciones a realizar, con la
siguiente composición:
Por parte del MAPA:
Dos representantes de la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de
España. El funcionario de mayor rango de esta Subdirección presidirá la Comisión.
Por parte de ICEX:
Dos representantes de la Dirección de la Industria Alimentaria.

– Impulsar y desarrollar el presente convenio.
– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes.
– La resolución de problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantarse
respecto a la ejecución del convenio.
El presidente de la Comisión será el responsable de emitir el certificado exigido en el
apartado Segundo 4.2.3.a) de la Resolución de 16 de junio de 2021 de la Intervención
General de la Administración del Estado.

cve: BOE-A-2023-12314
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión de seguimiento se reunirá cuantas veces se estime necesario a petición
de una de las partes, con al menos 10 días hábiles de antelación. Los acuerdos de la
Comisión de seguimiento se adoptarán por unanimidad de sus miembros, todos ellos
tienen derecho a voz y voto, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta.
La Comisión podrá requerir la comparecencia, por interés de las mismas, de otros
expertos en la materia a tratar, con voz, pero sin voto.
La Comisión tendrá encomendadas las siguientes funciones: