III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Premios. (BOE-A-2023-12252)
Orden CIN/517/2023, de 23 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2023 de los Premios Nacionales de Investigación y de los Premios Nacionales de Investigación para Jóvenes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Jueves 25 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 71832

4. La presentación de candidaturas deberá realizarse obligatoriamente a través de
los medios electrónicos habilitados para ello en el enlace https://ciencia.sede.gob.es/ de
la siguiente forma:
a)

En las candidaturas presentadas por personas investigadoras:

1.º Salvo que ya estuviera inscrita anteriormente, la persona responsable
administrativa de la propuesta, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado
séptimo, se inscribirá en el Registro Unificado de Solicitantes disponible en el enlace
https://ciencia.sede.gob.es/, en la pestaña «Procedimiento» y sección «Servicios
Comunes», donde deberá identificarse y definir su nombre de usuario/a y palabra clave.
2.º La persona responsable administrativa de la propuesta cumplimentará el
formulario electrónico de solicitud disponible en el enlace https://ciencia.sede.gob.es/, en
la pestaña «Procedimientos», sección «Premios y Reconocimientos», apartado «Premios
Nacionales de Investigación» o «Premios Nacionales de Investigación para Jóvenes»,
según el caso de que se trate. Al formulario de solicitud se adjuntará la documentación
indicada en el apartado séptimo de la presente orden.
3.º Una vez finalizada la cumplimentación, la responsable administrativa de la
propuesta validará y enviará telemáticamente la candidatura. Este envío no implica la
formalización de la candidatura. La candidatura deberá ser formalizada mediante un
sistema de firma electrónica avanzada. El certificado electrónico que se utilice deberá
corresponder a alguno de los certificados digitales admitidos en la plataforma «@firma».
4.º En el caso de que la persona responsable administrativa de la propuesta resida
en el extranjero y no pueda obtener alguno de los certificados digitales admitidos en la
plataforma «@firma», podrá presentar la candidatura en las representaciones
diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En las candidaturas presentadas por instituciones españolas o extranjeras:

1.º Salvo que ya estuvieran inscritas anteriormente, tanto el o la representante legal
de la entidad como la entidad proponente se inscribirán en el Registro Unificado de
Solicitantes disponible en el enlace https://ciencia.sede.gob.es/, en la pestaña
«Procedimiento» y sección «Servicios Comunes», donde deberá identificarse y definir su
nombre de usuario/a y palabra clave.
2.º El o la representante legal de la institución cumplimentará el formulario
electrónico de solicitud disponible en el enlace https://ciencia.sede.gob.es/, en la pestaña
«Procedimientos», sección «Premios y Reconocimientos», apartado «Premios
Nacionales de Investigación» o «Premios Nacionales de Investigación para Jóvenes»,
según el caso de que se trate. Al formulario de solicitud se adjuntará la documentación
indicada en el apartado séptimo de la presente orden.
3.º Una vez finalizada la cumplimentación, el o la representante legal de la entidad
validará y enviará telemáticamente la candidatura. Este envío no implica la formalización
de la candidatura. La candidatura deberá ser formalizada mediante un sistema de firma
electrónica avanzada. El certificado electrónico que se utilice deberá corresponder a
alguno de los certificados digitales admitidos en la plataforma «@firma».
4.º En el caso de que la persona responsable administrativa de la propuesta resida
en el extranjero y no pueda obtener alguno de los certificados digitales admitidos en la
plataforma «@firma», podrá presentar la candidatura en las representaciones
diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Séptimo.

Contenido de las candidaturas.

1. Las candidaturas constarán de un formulario de solicitud en el que se indicará la
modalidad a la que se presenta de entre las previstas en el apartado primero.
En las candidaturas presentadas por una institución el formulario de solicitud deberá
estar firmado por el o la representante legal de la misma, indicando la norma,
disposición, puesto que les otorga la condición representante legal de la institución.

cve: BOE-A-2023-12252
Verificable en https://www.boe.es

b)