III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-12194)
Resolución de 17 de mayo de 2023, del Instituto de Turismo de España, por la que se publica el Convenio con Vueling, para el desarrollo de acciones conjuntas de marketing.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Miércoles 24 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 71405

Tercera. Obligaciones y compromisos económicos.
El presupuesto de las acciones conjuntas de publicidad y marketing en medios de
pago asciende a doscientos treinta mil quinientos cinco euros con cincuenta céntimos
(230.505 €) y será asumido por Turespaña y Vueling a partes iguales.
Campañas en medios de pago:
– Turespaña: Ciento quince mil doscientos cincuenta y dos euros con cincuenta
céntimos (115.252,50 €).
– Vueling: Ciento quince mil doscientos cincuenta y dos euros con cincuenta
céntimos (115.252,50 €).
En caso de proponerse acciones en medios propios, el presupuesto de las mismas
no podrá superar el 10 % del presupuesto total de la campaña, es decir euros 23.050,50
euros y será asumido por Turespaña y Vueling a partes iguales:
Campañas en medios propios:
– Turespaña: Once mil quinientos veinticinco euros con veinticinco céntimos
(11.525,25 €).
– Vueling: Once mil quinientos veinticinco euros con veinticinco céntimos (11.525,25 €).
Todos los presupuestos establecidos son limitativos máximos e incluirán todos los
gastos y tributos.
El pago será tramitado por la Consejería de Turismo firmante del convenio tras la
ejecución de las acciones previstas en el plan de medios y de acuerdo con el
seguimiento realizado en la cláusula séptima.
Cuarta.

Naturaleza de los compromisos económicos.

Las aportaciones económicas que se comprometen a realizar las partes estarán
orientadas exclusivamente a la promoción turística, quedando en principio excluidas del
ámbito de aplicación de la normativa relativa a ayudas de Estado. No obstante, si de la
firma del presente convenio pudiera quedar afectada la competencia en este sentido, se
cumplirá con la normativa relativa a ayudas de Estado.
Quinta.

Imputación del gasto.

La campaña por la parte de Turespaña será sufragada con cargo a su presupuesto,
aplicación presupuestaria 20.104.432A.640, proyecto de gasto 2021.20.104.0060. por
una cuantía máxima de 115.252,50 euros (ciento quince mil doscientos cincuenta y dos
euros con cincuenta céntimos) en 2023.
Sexta.

Naturaleza y régimen jurídico.

Séptima.

Seguimiento.

Para garantizar la buena marcha de la ejecución del presente convenio se constituirá
una Comisión Mixta de Seguimiento que se reunirá al menos una vez al mes.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por las partes firmantes, así como por
aquellas partes que se adhieran con posterioridad según la cláusula decimocuarta del
convenio. Esta Comisión desarrollará el plan de medios referido en la cláusula segunda
anterior y ejercerá asimismo funciones de resolución de controversias o discrepancias
sobre el cumplimiento e interpretación del convenio. Dicha Comisión estará integrada por

cve: BOE-A-2023-12194
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe al amparo del
título preliminar del capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.