V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2023-15517)
Anuncio del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en León, Subdelegación del Gobierno en Pontevedra y Delegación del Gobierno en Galicia por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y el estudio de impacto ambiental de la planta eólica "OENCIA" de 217 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de León, Ourense y Lugo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de mayo de 2023

Sec. V-B. Pág. 24490

Línea de evacuación de energía aérea y soterrada de alta tensión 220 kV SET
Oencia – Subestación Anexa tipo GIS y línea soterrada de alta tensión 220 kV con
final en la subestación Cornatel 220 kV, propiedad de REE. La longitud total de la
línea en aéreo es de 15,03 km (3 tramos), contando con 50 apoyos y la longitud
total de línea en soterrado es de 7,89 km (3 tramos) hasta Subestación Anexa tipo
GIS - Subestación Cornatel 220 kV, con dos conductores por fase y cable de
protección con fibra óptica.
Presupuesto: 188.621.590,32 €.
El proyecto está sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria, en virtud de lo definido en el artículo 7.1.a de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental.
Corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico dictar la resolución
de autorización administrativa previa de la instalación. Corresponde a la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental, del mismo ministerio, formular la
declaración de impacto ambiental. Por su parte, corresponde a las Áreas de
Industria y Energía de las Subdelegaciones del Gobierno en León, de la
Subdelegación del Gobierno en Pontevedra (que actúa sobre la provincia de
Ourense) y de la Delegación del Gobierno en Galicia (que actúa sobre la provincia
de Lugo) la tramitación del procedimiento administrativo iniciado mediante esta
solicitud, en la parte correspondiente a cada provincia, por lo que esos son los
órganos a los que pueden dirigirse observaciones, alegaciones y consultas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 53.1.a de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, la tramitación de ambos procedimientos (autorización administrativa
previa y evaluación de impacto ambiental) se efectúa de manera conjunta.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los
interesados y afectados, para que, en el plazo de treinta días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación del mismo, pueda ser examinado el
expediente de la instalación, y formularse en el referido plazo cualesquiera
alegaciones se consideren oportunas a la instalación proyectada, a través del
Registro Electrónico de la Administración General del Estado (https://
rec.redsara.es) o por cualquier otro de los medios establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, dirigidas al Área Funcional de Industria y Energía de la
correspondiente provincia.
El artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, confiere con carácter
general a las personas físicas el derecho de elegir en todo momento si se
comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y
obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a
ello.
Por su parte, las personas jurídicas estarán obligadas, en todo caso, a
relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas
para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Para aquellos sujetos que no están obligados a relacionarse por medios
electrónicos, la consulta presencial requerirá solicitar cita previa.

cve: BOE-B-2023-15517
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Núm. 123