III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-12119)
Resolución de 13 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para articular las relaciones derivadas de la selección e incorporación de estudiantes en prácticas, en el marco de las ayudas convocadas por Resolución de 17 de febrero de 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70898
sugerencias de mejora, así como cualquier otro aspecto que considere relevante hacer
conocer al Centro.
– Proporcionar a su Universidad o centro académico y a la AIReF, la información
referida en la cláusula séptima de este Convenio, sobre el seguimiento de la actividad
profesional, docente y científica, así como a facilitar y mantener actualizado sus datos de
contacto a esta Institución para tal fin.
Undécima.
Información y protección de datos de carácter personal.
Información a los firmantes.
Los datos de contacto de los firmantes del presente Convenio y del resto de
personas de contacto que puedan intervenir serán tratados con base en la ejecución del
presente Convenio, en el cumplimiento de una obligación legal y de una misión de
interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo,
control y ejecución de lo dispuesto en este Convenio.
Asimismo, las partes firmantes, como interesados, podrán ejercitar, en cualquier
momento, sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del
tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose a
dpd@airef.es y/o a dpd@unizar.es indicando como referencia en el asunto «Protección
de Datos» y acompañando fotocopia de su documento nacional de identidad. En su
caso, los interesados también podrán plantear una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos.
Tales datos se tratarán mientras se mantenga en vigor el presente Convenio entre las
partes y, posteriormente, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la
finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que
se pudieran derivar de dicha finalidad.
Todos los afectados por el presente Convenio y anexos devendrán obligados por
las disposiciones y exigencias recogidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de datos personales y a la libre circulación de
estos datos.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, cada una de las
partes firmantes es responsable del tratamiento de datos que realice en el desarrollo de
sus correspondientes actividades y se compromete a cumplir lo establecido en la
precitada normativa, y a comunicar a la otra lo que sea relevante de su propia política de
privacidad y el correspondiente documento de seguridad.
En caso de no observar lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos,
cada parte será única responsable por el uso, tratamiento o comunicación indebida
que pueda hacer de los datos objeto de tratamiento, ante cualquier reclamación por
parte de los afectados o en virtud de inspección por parte de la Agencia Española de
Protección de Datos.
Asimismo, las partes se obligan a mantener la confidencialidad respecto a los datos
de carácter personal, y a no cederlos de forma no autorizada, cumpliendo diligentemente
el deber de guarda y custodia, comprometiéndose a adoptar las medidas necesarias de
índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter
personal a que tengan acceso y a evitar su alteración, tratamiento, pérdida y acceso no
autorizados.
cve: BOE-A-2023-12119
Verificable en https://www.boe.es
Protección de datos.
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70898
sugerencias de mejora, así como cualquier otro aspecto que considere relevante hacer
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– Proporcionar a su Universidad o centro académico y a la AIReF, la información
referida en la cláusula séptima de este Convenio, sobre el seguimiento de la actividad
profesional, docente y científica, así como a facilitar y mantener actualizado sus datos de
contacto a esta Institución para tal fin.
Undécima.
Información y protección de datos de carácter personal.
Información a los firmantes.
Los datos de contacto de los firmantes del presente Convenio y del resto de
personas de contacto que puedan intervenir serán tratados con base en la ejecución del
presente Convenio, en el cumplimiento de una obligación legal y de una misión de
interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo,
control y ejecución de lo dispuesto en este Convenio.
Asimismo, las partes firmantes, como interesados, podrán ejercitar, en cualquier
momento, sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del
tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose a
dpd@airef.es y/o a dpd@unizar.es indicando como referencia en el asunto «Protección
de Datos» y acompañando fotocopia de su documento nacional de identidad. En su
caso, los interesados también podrán plantear una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos.
Tales datos se tratarán mientras se mantenga en vigor el presente Convenio entre las
partes y, posteriormente, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la
finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que
se pudieran derivar de dicha finalidad.
Todos los afectados por el presente Convenio y anexos devendrán obligados por
las disposiciones y exigencias recogidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de datos personales y a la libre circulación de
estos datos.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, cada una de las
partes firmantes es responsable del tratamiento de datos que realice en el desarrollo de
sus correspondientes actividades y se compromete a cumplir lo establecido en la
precitada normativa, y a comunicar a la otra lo que sea relevante de su propia política de
privacidad y el correspondiente documento de seguridad.
En caso de no observar lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos,
cada parte será única responsable por el uso, tratamiento o comunicación indebida
que pueda hacer de los datos objeto de tratamiento, ante cualquier reclamación por
parte de los afectados o en virtud de inspección por parte de la Agencia Española de
Protección de Datos.
Asimismo, las partes se obligan a mantener la confidencialidad respecto a los datos
de carácter personal, y a no cederlos de forma no autorizada, cumpliendo diligentemente
el deber de guarda y custodia, comprometiéndose a adoptar las medidas necesarias de
índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter
personal a que tengan acceso y a evitar su alteración, tratamiento, pérdida y acceso no
autorizados.
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Verificable en https://www.boe.es
Protección de datos.