III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-12028)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2023 del XXIII Convenio colectivo nacional de autoescuelas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Lunes 22 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 70244

En Madrid, a 9 de marzo de 2023, siendo las 12:00 horas, se reúnen las personas
reseñadas, siendo identificadas por la Secretaria de la Mesa, que hace constar que estas
actúan en representación de sus respectivas organizaciones como negociadoras del
XXIII Convenio Nacional de Autoescuelas, cuya inscripción se ordenó por Resolución de
la Dirección General de Trabajo de 17 de marzo de 2022 y publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» n.º 80 de día 4 de abril de 2022.
La reunión se celebra a través de videoconferencia conforme a lo establecido en el
artículo 3.4 del Real Decreto-Ley 34/2020, de 17 de noviembre de 2020, en la redacción
dada por el Real Decreto-Ley 2/2021, de 20 de enero de 2021, por el que se adoptan
medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en
materia tributaria.
Preside la reunión la organización empresarial CNAE y la Secretaría de Actas corre a
cargo de la organización sindical UGT Servicios Públicos.
El motivo de la reunión es la revisión salarial del año 2023 de acuerdo con la
Disposición Transitoria Segunda apartado 2, para actualizar los salarios tras la
publicación del SMI para el año 2023.
CNAE, UGT Servicios Públicos y USO manifiestan su intención de firmar el presente
acuerdo de tablas salariales para el año 2023, Anexo II que se adjunta a esta acta.
Se autoriza a la Secretaría de la Comisión Negociadora (UGT Servicios Públicos) y
en concreto a doña Ana Castaño Buendía, para proceder a realizar los trámites
oportunos ante la Dirección General de Trabajo y publicación posterior en el BOE de este
acuerdo.
CNAE

UGT Servicios Públicos

USO

ANEXO II
Tablas salariales Año 2023
Salario base

Euros

Antigüedad / Trienio*

Euros

Plus Transporte (1)

Euros

Grupo 0 Personal Directivo.

1.124,64

38,10

38,49

Grupo 1 Personal Docente.

1.110,05

34,43

38,49

Oficial Administrativo.

1.009,14

25,29

38,49

Garantía SMI 2023.

Auxiliar Administrativo.

1.008,00

25,29

38,49

Garantía SMI 2023.

1.008,00

25,29

38,49

Garantía SMI 2023.

Grupo profesional

Garantía SMI

Grupo 2 Administrativas/os

Mecánicos, Conductores, Limpieza.

(1) Plus de transporte: Será abonado solamente por los meses efectivamente trabajados, no devengándose en periodos de Incapacidad Transitoria o
vacaciones. Abonable a todos los Grupos Profesionales salvo que la persona trabajadora haga uso del coche de la empresa para el desplazamiento a su vivienda (in
itinere).
(2) El salario base y la antigüedad se perciben en quince mensualidades.
* Las personas trabajadoras que desarrollan las funciones de Aspirante, encuadradas en el Grupo Profesional de Administrativas/os percibirán, en su caso, un
Complemento de Antigüedad de 16,38 euros.
– En todo caso el Salario Base del Grupo 1 mantendrá una diferencia con el salario mínimo interprofesional contemplada en la Disposición Transitoria Segunda. 2.2.º

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Grupo 3 Personal Auxiliar y de Servicios