III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-12029)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, para la ejecución de los planes de seguros agrarios combinados en el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Lunes 22 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 70249

ENESA, por su parte, se compromete a entregar a AGROSEGURO la
documentación que se relaciona, en los plazos que igualmente se establecen:
– Base de datos para gestionar la modulación del plan siguiente, con anterioridad
al 1 de diciembre de cada año.
– Ficheros con la relación completa de las personas y entidades subvencionables,
de acuerdo con la base de datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones
(CIAS) con tres semanas de antelación a la fecha en la que dicha relación deba tomar
efecto. Los ficheros remitidos corresponden tanto a CIAS como a los módulos de
subvenciones adicionales (CIAS-CSA).
– Fichero de explotaciones de titularidad compartida (TCEA), que se entregará con
un día de antelación a la fecha en la que dicha relación deba tomar efecto.
– Catálogo de incidencias y tipo de clasificación de las mismas, con el que se realiza
la comprobación informática de las liquidaciones presentadas con el contenido y la
definición necesarias para que formen parte de este convenio, según establece el
anexo XI. Las incidencias que surjan y no estén recogidas en este catálogo serán
comunicadas de forma específica. Así mismo, con el acuerdo de ambas partes, si la
entidad de la incidencia es considerada, pasará a formar parte del catálogo de
incidencias, no teniendo efecto para las liquidaciones presentadas hasta la fecha de su
comunicación (inclusive) y con la obligación para AGROSEGURO de subsanar todas las
declaraciones de seguro que presenten la nueva incidencia, en una liquidación posterior.
Si a lo largo de la vigencia del presente convenio se modificasen los diseños de los
registros informáticos y la información contenida en los mismos, será necesario un plazo
mínimo de dos meses desde el establecimiento de mutuo acuerdo entre las partes de los
nuevos diseños a aplicar y el momento de su puesta en aplicación. Estos nuevos
diseños se incorporarán como anexos VII, X, XII y XXIX a este convenio.
Dichos registros informáticos deberán incluir la información desagregada hasta nivel
de recinto (Identificación Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas,
SIGPAC).
AGROSEGURO mantendrá disponible para ENESA, un punto de consulta para
conocer el desarrollo de la contratación en tiempo real con frecuencia mínima de
actualización de una semana. En el caso de líneas en que la gestión no se encuentre
informatizada, se remitirá la misma información y con idéntica frecuencia, pero en otro
tipo de soporte informático (anexos V, XII y XXIX).
La información disponible deberá serlo desglosada por línea y provincia,
desglosando el número de declaraciones de seguros, la superficie asegurada, la
producción asegurada, el recibo de prima o coste neto, el capital asegurado, la
subvención a cargo de ENESA, la subvención a cargo de las Comunidades Autónomas y
el importe a cargo de los tomadores. En el caso de los Seguros Pecuarios la información
correspondiente a la superficie y producción aseguradas será sustituida por el número de
cabezas aseguradas. Además, se mostrará la información correspondiente a las
bonificaciones y recargos y al fraccionamiento de la parte del pago de pólizas
correspondiente a los asegurados con aval de la Sociedad Anónima Estatal de Caución
Agraria (SAECA).
Base de datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones (CIAS).

Al objeto de verificar el cumplimiento por parte de los beneficiarios de los requisitos
legales establecidos para el acceso a subvenciones, ENESA gestionará la Base de
Datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones (Base de Datos CIAS), según
lo dispuesto en el Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General
del Estado al Seguro Agrario, y proporcionará a AGROSEGURO un fichero con la
relación completa de las personas y entidades que figuran en dicha base de datos como
«subvencionables», tal como se especifica en el anexo XIII a este convenio, a fin de que

cve: BOE-A-2023-12029
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.