III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2023-12052)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio de Emprendimiento en Protección de Datos Personales "Ángela Ruiz Robles".
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70441
2. Que la actividad empresarial, producto o servicio ya hayan sido distribuidos en el
mercado: 10 puntos.
3. Que tenga como características el ser original, creativo, innovador: 15 puntos.
4. Con impacto social en relación con la protección de datos y la garantía de los
derechos y libertades de las personas, en particular, respecto a grupos más expuestos
como menores, víctimas de violencia, etc.: 15 puntos.
5. Que acometa con éxito la aplicación de la responsabilidad proactiva para la
protección de datos: 20 puntos.
6. Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y valoración de la
empresa como PYME: 15 puntos.
La valoración final resultará de la suma de las correspondientes notas parciales.
Base novena.
Órgano instructor.
La instrucción del procedimiento de concesión del Premio de Emprendimiento en
Protección de Datos Personales Ángela Ruiz Robles corresponde a la Secretaría
General de la AEPD, que comprobará el cumplimiento de los requisitos y elevará la
documentación al jurado para su valoración. Por tratarse de un premio, dada la
naturaleza de este, en el trámite de instrucción se prescindirá de audiencia, conforme
autoriza el art. 24.4 LGS.
Base décima. Jurado.
Su función será la de valorar, conforme a los criterios establecidos en la base octava
de la convocatoria, las solicitudes presentadas al premio. Realizada la valoración, el
jurado emitirá el correspondiente informe, proponiendo la concesión del premio al órgano
concedente de la subvención.
El jurado estará compuesto por:
– Presidenta: la directora de la Agencia Española de Protección de Datos.
– Vocales: miembros del Consejo Consultivo que se encuentren ejerciendo su
mandato en el momento de efectuarse el fallo.
– La secretaría, con voz y sin voto, corresponderá a la secretaria de dicho Consejo.
En caso de empate decidirá el voto de calidad de la presidenta.
El jurado podrá plantear al órgano concedente declarar desierto el premio
motivándolo.
La directora de la Agencia Española de Protección de Datos podrá designar un
consejo asesor compuesto por empleados públicos expertos de la AEPD para evaluar
las candidaturas recibidas y presentar sus conclusiones al jurado.
Base undécima.
Resolución y publicación de la concesión.
El órgano concedente es la directora de la Agencia Española de Protección de
Datos, que dictará resolución definitiva de la convocatoria. Dicha resolución pondrá fin a
la vía administrativa y se publicará en la página web de la AEPD.
Información de la concesión de premios y entrega de los mismos.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá
exceder de seis meses. Se computará desde el 15 de octubre de 2023, fecha final del
plazo de presentación de los trabajos de acuerdo con la base sexta. La lista de
premiados se hará pública a través de la página web de la AEPD. La entrega de los
premios se realizará en un acto público convocado al efecto con posterioridad a la fecha
de la publicación del fallo del jurado, intentando que coincida con la semana en que se
celebra el Día de la Protección de Datos en Europa (28 de enero de 2024).
cve: BOE-A-2023-12052
Verificable en https://www.boe.es
Base duodécima.
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70441
2. Que la actividad empresarial, producto o servicio ya hayan sido distribuidos en el
mercado: 10 puntos.
3. Que tenga como características el ser original, creativo, innovador: 15 puntos.
4. Con impacto social en relación con la protección de datos y la garantía de los
derechos y libertades de las personas, en particular, respecto a grupos más expuestos
como menores, víctimas de violencia, etc.: 15 puntos.
5. Que acometa con éxito la aplicación de la responsabilidad proactiva para la
protección de datos: 20 puntos.
6. Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y valoración de la
empresa como PYME: 15 puntos.
La valoración final resultará de la suma de las correspondientes notas parciales.
Base novena.
Órgano instructor.
La instrucción del procedimiento de concesión del Premio de Emprendimiento en
Protección de Datos Personales Ángela Ruiz Robles corresponde a la Secretaría
General de la AEPD, que comprobará el cumplimiento de los requisitos y elevará la
documentación al jurado para su valoración. Por tratarse de un premio, dada la
naturaleza de este, en el trámite de instrucción se prescindirá de audiencia, conforme
autoriza el art. 24.4 LGS.
Base décima. Jurado.
Su función será la de valorar, conforme a los criterios establecidos en la base octava
de la convocatoria, las solicitudes presentadas al premio. Realizada la valoración, el
jurado emitirá el correspondiente informe, proponiendo la concesión del premio al órgano
concedente de la subvención.
El jurado estará compuesto por:
– Presidenta: la directora de la Agencia Española de Protección de Datos.
– Vocales: miembros del Consejo Consultivo que se encuentren ejerciendo su
mandato en el momento de efectuarse el fallo.
– La secretaría, con voz y sin voto, corresponderá a la secretaria de dicho Consejo.
En caso de empate decidirá el voto de calidad de la presidenta.
El jurado podrá plantear al órgano concedente declarar desierto el premio
motivándolo.
La directora de la Agencia Española de Protección de Datos podrá designar un
consejo asesor compuesto por empleados públicos expertos de la AEPD para evaluar
las candidaturas recibidas y presentar sus conclusiones al jurado.
Base undécima.
Resolución y publicación de la concesión.
El órgano concedente es la directora de la Agencia Española de Protección de
Datos, que dictará resolución definitiva de la convocatoria. Dicha resolución pondrá fin a
la vía administrativa y se publicará en la página web de la AEPD.
Información de la concesión de premios y entrega de los mismos.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá
exceder de seis meses. Se computará desde el 15 de octubre de 2023, fecha final del
plazo de presentación de los trabajos de acuerdo con la base sexta. La lista de
premiados se hará pública a través de la página web de la AEPD. La entrega de los
premios se realizará en un acto público convocado al efecto con posterioridad a la fecha
de la publicación del fallo del jurado, intentando que coincida con la semana en que se
celebra el Día de la Protección de Datos en Europa (28 de enero de 2024).
cve: BOE-A-2023-12052
Verificable en https://www.boe.es
Base duodécima.