III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-11928)
Resolución de 12 de mayo de 2023, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Sábado 20 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 69550
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
11928
Resolución de 12 de mayo de 2023, del Consorcio de la Ciudad de Toledo,
sobre delegación de competencias.
Los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Toledo fueron aprobados por acuerdo
de Consejo de Administración de fecha 13 de diciembre de 2018, habiendo sido
publicados mediante Resolución de 20 de diciembre de 2018 de la Subsecretaría de
Hacienda (BOE n.º 309 de 24 de diciembre de 2018) y modificados mediante Resolución
de 7 de febrero de 2023 de la Subsecretaria del Ministerio de Hacienda y Función
Pública (BOE n.º 40 de 16 de febrero de 2023).
El artículo 10.2 de los citados Estatutos establece que la Comisión Ejecutiva del
Consorcio de la Ciudad de Toledo tendrá competencias propias y delegadas. Las
competencias delegadas por el Consejo de Administración serán definidas en el
Reglamento Orgánico regulador de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad
de Toledo.
Por su parte, la disposición transitoria segunda de los Estatutos dispone que «el
Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de la Comisión Ejecutiva
del Consorcio de la Ciudad de Toledo, así como cualquier acuerdo específico de
delegación de competencias, aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de estos
Estatutos, seguirán vigentes, siempre que no contravengan lo dispuesto en los mismos,
hasta la aprobación del nuevo reglamento o de nuevos acuerdos de delegación de
competencias».
El artículo 2.II L) del Reglamento de organización y régimen jurídico de la Comisión
Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Toledo, aprobado en Consejo de Administración
de fecha 10 de enero de 2001, establece como competencia del Consejo de
Administración que puede ser delegada en Comisión Ejecutiva «la aprobación de las
bases que han de regir las pruebas para la selección de personal y para los concursos
de provisión de puestos de trabajo».
Con el fin de actuar de forma eficaz en esta materia, el Consejo de Administración en
sesión de fecha 26 de abril de 2023 adopta acuerdo de delegación en Comisión
Ejecutiva con carácter permanente de la competencia de la aprobación de las bases que
han de regir las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión
de puestos de trabajo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 8.7 in fine de los Estatutos del
Consorcio de la Ciudad de Toledo, el Consejo de Administración dispone la publicación
del citado acuerdo de delegación de competencias que figura como anexo a la presente
resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-11928
Verificable en https://www.boe.es
Toledo, 12 de mayo de 2023.–La Presidenta del Consorcio de la Ciudad de Toledo,
Milagros Tolón Jaime.
Núm. 120
Sábado 20 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 69550
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
11928
Resolución de 12 de mayo de 2023, del Consorcio de la Ciudad de Toledo,
sobre delegación de competencias.
Los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Toledo fueron aprobados por acuerdo
de Consejo de Administración de fecha 13 de diciembre de 2018, habiendo sido
publicados mediante Resolución de 20 de diciembre de 2018 de la Subsecretaría de
Hacienda (BOE n.º 309 de 24 de diciembre de 2018) y modificados mediante Resolución
de 7 de febrero de 2023 de la Subsecretaria del Ministerio de Hacienda y Función
Pública (BOE n.º 40 de 16 de febrero de 2023).
El artículo 10.2 de los citados Estatutos establece que la Comisión Ejecutiva del
Consorcio de la Ciudad de Toledo tendrá competencias propias y delegadas. Las
competencias delegadas por el Consejo de Administración serán definidas en el
Reglamento Orgánico regulador de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad
de Toledo.
Por su parte, la disposición transitoria segunda de los Estatutos dispone que «el
Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de la Comisión Ejecutiva
del Consorcio de la Ciudad de Toledo, así como cualquier acuerdo específico de
delegación de competencias, aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de estos
Estatutos, seguirán vigentes, siempre que no contravengan lo dispuesto en los mismos,
hasta la aprobación del nuevo reglamento o de nuevos acuerdos de delegación de
competencias».
El artículo 2.II L) del Reglamento de organización y régimen jurídico de la Comisión
Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Toledo, aprobado en Consejo de Administración
de fecha 10 de enero de 2001, establece como competencia del Consejo de
Administración que puede ser delegada en Comisión Ejecutiva «la aprobación de las
bases que han de regir las pruebas para la selección de personal y para los concursos
de provisión de puestos de trabajo».
Con el fin de actuar de forma eficaz en esta materia, el Consejo de Administración en
sesión de fecha 26 de abril de 2023 adopta acuerdo de delegación en Comisión
Ejecutiva con carácter permanente de la competencia de la aprobación de las bases que
han de regir las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión
de puestos de trabajo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 8.7 in fine de los Estatutos del
Consorcio de la Ciudad de Toledo, el Consejo de Administración dispone la publicación
del citado acuerdo de delegación de competencias que figura como anexo a la presente
resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-11928
Verificable en https://www.boe.es
Toledo, 12 de mayo de 2023.–La Presidenta del Consorcio de la Ciudad de Toledo,
Milagros Tolón Jaime.