II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-11923)
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Básica de Apoyo a la Docencia y a la Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Sábado 20 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 69510

NPI: Número de preguntas incorrectas.
NRAP: Número de respuestas alternativas de cada pregunta.
C: Calificación de un ejercicio.
Fase de concurso.
La puntuación máxima de esta fase será de 30 puntos. La valoración de los méritos
se realizará de la siguiente forma:
a)

Por servicios prestados, un máximo de 25 puntos:

1. Servicios prestados como personal funcionario en la misma Escala o como
personal laboral en la categoría laboral equivalente de la Universidad de Granada que se
convoca: 0,40/30 puntos por día de servicios.
2. Servicios prestados como personal funcionario en los Cuerpos o Escalas
equivalentes en otras Universidades públicas: 0,20/30 puntos por día de servicios.
3. Servicios prestados como personal funcionario en los Cuerpos o Escalas
equivalentes en otras Administraciones públicas: 0,10/30 puntos por día de servicios.

cve: BOE-A-2023-11923
Verificable en https://www.boe.es

b) Superación de ejercicios obligatorios de cualquier convocatoria de acceso
anterior en procesos selectivos de la Escala Básica de Apoyo a la Docencia y a la
Investigación o categoría laboral equivalente de la Universidad de Granada o Cuerpos o
Escalas equivalentes de otras Universidades públicas, a razón de 0,50 puntos por
ejercicio obligatorio superado con un máximo de 5 puntos.
Las referencias de la presente convocatoria a categoría laboral equivalente se
entenderán exclusivamente referidas a las recogidas en el Acuerdo de Funcionarización
del PAS Laboral de la en sesión de Mesa de Negociación Sectorial del PAS de 4 de
diciembre 2018.
Los servicios prestados y ejercicios superados fuera de la Universidad de Granada
se acreditarán mediante documentación justificativa (en el caso de la prestación de los
servicios, con expresión de las funciones concretas que se han desarrollado), expedida
por el órgano administrativo competente de la Universidad o Administración pública
correspondiente.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X