II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-11922)
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Básica de Apoyo a la Docencia y a la Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Sábado 20 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 69487

base 8.1, y la constancia de haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo
establecido en el la base 3.4 de esta convocatoria.
3.

Solicitudes, tasa y plazo de presentación

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente su solicitud. Para ello, deberán inscribirse mediante el procedimiento
«Procesos selectivos de PAS: Solicitud de admisión», disponible en la sede electrónica
de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es). En la ficha del citado procedimiento
se indican las instrucciones a seguir para cumplimentar la solicitud de admisión a
procesos selectivos.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el plazo de los veinte días naturales
siguientes a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3.3 Las personas aspirantes con grado reconocido de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud
expresando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios en el que esta adaptación sea necesaria a fin de asegurar su
participación en el proceso en condiciones de igualdad, utilizando para ello el apartado
correspondiente de la solicitud. A tal fin, deberán aportar dictamen técnico facultativo
acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de
valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la
adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los ejercicios según sus
circunstancias personales. El Tribunal estudiará la propuesta del informe técnico y
decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio.
3.4 Los derechos de examen serán de 26,00 euros, y se ingresarán en la cuenta
ES71 2100 4224 3913 0072 1670 de cualquier oficina de CaixaBank, abierta a nombre
de «Pruebas Selectivas de Acceso a la Universidad de Granada», bien directamente o
mediante transferencia bancaria a dicha cuenta. La solicitud deberá ir acompañada del
resguardo acreditativo de la transferencia. La falta de justificación del abono de los
derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión de la
persona aspirante.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de los derechos de
examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.
3.5 Exenciones y bonificaciones de los derechos de examen.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

1. Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
2. Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
la presente convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo
de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesional, lo que se justificará con un informe negativo de rechazos, y
que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo
Interprofesional en vigor a la fecha de publicación de esta convocatoria.
El informe negativo de rechazos se solicitará en las oficinas de los servicios públicos
de empleo. La acreditación de las rentas, se realizará presentando certificado de la
declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
correspondiente al año 2021 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo

cve: BOE-A-2023-11922
Verificable en https://www.boe.es

a) De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de
diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, por el que se
modifica el apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social: