I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Organización. (BOE-A-2023-11896)
Orden AUC/497/2023, de 12 de mayo, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Cayena, en la Guayana Francesa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Sábado 20 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 69393

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
11896

Orden AUC/497/2023, de 12 de mayo, por la que se crea la Oficina Consular
Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Cayena, en
la Guayana Francesa.

La Guayana Francesa, con una extensión territorial de 83.846 km², con más de 10
islas en el mar abierto y con 287.355 habitantes, requiere de una Oficina Consular
Honoraria que preste apoyo a la Embajada de España en Francia, que hasta ahora no
ha contado nunca con un Consulado Honorario de España en dicho departamento
francés.
El departamento de Guayana Francesa, es el departamento francés de ultramar más
extenso y una región ultraperiférica de la Unión Europea que se ubica en la costa norte
de América del Sur entre Brasil y Surinam, limitando al norte con el Océano Atlántico. La
capital del departamento es Cayena, también ciudad principal y primer puerto de la
Guayana Francesa. La población española se encuentra concentrada casi en su
totalidad entre la capital, Cayena, y el centro espacial de Kourou, a unos 60 kilómetros
de la capital, por lo que, lo más conveniente es ubicar la sede del Consulado Honorario
en Cayena.
El objetivo de la creación de una Oficina Consular Honoraria en Cayena con
circunscripción en el departamento de Guayana Francesa, responde a la importancia de
seguir adaptando la red consular española para proporcionar la atención necesaria a los
casos urgentes de protección y asistencia consular y, en concreto, ampliar la presencia
del Consulado General de España en París en los territorios franceses de ultramar.
Asimismo, se pretende mitigar las dificultades que surgen debido a la lejanía física de
cualquier otra Oficina Consular española, promoviendo el desarrollo de las relaciones
políticas, institucionales, culturales y económicas en dicho territorio.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de
marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en
París, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y
Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste
de Europa, dispongo:

Se crea la Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de
España, en Cayena, en la Guayana Francesa, cuya circunscripción abarcará el
departamento de Guayana Francesa.
Artículo 2. Dependencia de la Oficina Consular Honoraria de España en Cayena.
La Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en
Cayena dependerá del Consulado General de España en París.

cve: BOE-A-2023-11896
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Creación de la Oficina Consular Honoraria de España en Cayena y
delimitación de su circunscripción.