II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-11848)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Universidad de Lleida, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Viernes 19 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 69145

La resolución del rector agota la vía administrativa y será impugnable directamente
ante la jurisdicción contenciosa-administrativa.
8. Resolución del concurso
8.1 La comisión de selección elevará la propuesta de la persona designada para
proveer cada plaza, al rector, que dictará la correspondiente resolución de adjudicación
de las plazas.
8.2 La resolución del rector de adjudicación de las plazas, que pone fin al proceso
de selección, agota la vía administrativa y contra esta, las personas interesadas podrán
interponer recurso contencioso administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña, en el plazo máximo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la resolución, de acuerdo con lo establecido por el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa.
Asimismo, en virtud de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas
interesadas también podrán interponer recurso de reposición ante el rector en el plazo de
un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución. En ese caso, no se
podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto de
forma expresa, o se haya producido desestimación presunta, del recurso de reposición.
9.

Nombramientos y toma de posesión

9.1 Las personas propuestas para ocupar las plazas deberán acreditar, en el plazo
de ocho días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
propuesta de la comisión, que satisfacen los requisitos para el acceso a la función
pública docente universitaria, fijados en estas bases. Además de presentar los
documentos que les sean requeridos, deberán presentar la siguiente documentación:

– Las personas aspirantes de las que ja se disponga de la documentación requerida,
vigente y actualizada, en su expediente personal.
– Las personas aspirantes que no se hayan opuesto a la potestad de verificación por
parte de la Universidad, en los términos previstos en la base 12.ª, con relación a aquella
documentación que se encuentre disponible para la Universitat de Lleida, a través de
plataformas de intermediación de datos entre las entidades del sector público. En este
sentido la Unidad de Personal deberá concretar exactamente a qué documentación tiene
acceso, a través de estas plataformas.
La documentación original, en caso necesario, se deberá presentar ante la Unidad de
Personal de la Universitat de Lleida (Plaza Víctor Siurana, 1, 25003 de Lleida). La
documentación restante, se deberá presentar a través del Registro Electrónico de la

cve: BOE-A-2023-11848
Verificable en https://www.boe.es

a) Certificado médico oficial que acredite que no padece enfermedad ni defecto
físico ni psíquico que le incapacite para el ejercicio de las funciones correspondientes a
la plaza convocada. No será necesario que presenten esta documentación las personas
aspirantes que, habiendo prestado servicios en la Universitat de Lleida, durante el último
año natural anterior al de la fecha de toma de posesión y en un supuesto de idénticas
tareas y riesgos, hayan superado favorablemente reconocimiento específico de vigilancia
de la salud, en la Universitat de Lleida.
b) Declaración de no haber sido separado o separada, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, ni encontrarse inhabilitado o
inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas.
c) Declaración de no incurrir en ningún motivo de incompatibilidad previsto en la
legislación vigente.
Quedaran exentos de presentar los documentos requeridos: