II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-11854)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión de Informática.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 19 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 69210
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión del proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello y
del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando
la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. La Universidad de Granada
tomará medidas para que esa información no sea indexada por los buscadores de
internet.
La Universidad de Granada es responsable del tratamiento de esos datos y publica
su política de protección de datos en https://secretariageneral.ugr.es/pages/
proteccion_datos.
Los derechos de protección de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer
dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica, a través de la sede
electrónica de la Universidad de Granada. Dichas personas pueden ejercer sus derechos
también ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector o la Rectora de la
Universidad de Granada dictará resolución aprobando las listas provisionales de
personas aspirantes admitidas y de excluidas. La resolución deberá publicarse en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» e indicará el lugar en que dicha relación se
encuentra expuesta al público, así como la relación de personas aspirantes excluidas,
con expresión de las causas de exclusión. En esta resolución se indicarán el lugar, fecha
y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Las personas que figuren excluidas o hayan sido omitidas dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el
defecto que haya motivado la exclusión o reclamar la omisión. Las reclamaciones
deberán presentarse por escrito, dirigidas a el Rector o la Rectora, a través de la Sede
Electrónica de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es), procedimiento «Registro
Electrónico de la UGR (Solicitud genérica)».
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente
no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus
datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas. Las
personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o no reclamen la
omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
4.3 Concluido el plazo de subsanación, por resolución del Rector o la Rectora de la
Universidad de Granada se declararán aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas y en ellas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las
personas interesadas sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales, y su
publicación les servirá de notificación. Esta resolución se publicará en el sitio web del
Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada, http://
serviciopas.ugr.es.
4.4 La resolución por la que se declara aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución podrá
interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rector o la Rectora
de la Universidad de Granada en el plazo de un mes desde su publicación, o bien
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante
cve: BOE-A-2023-11854
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 119
Viernes 19 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 69210
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión del proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello y
del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando
la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. La Universidad de Granada
tomará medidas para que esa información no sea indexada por los buscadores de
internet.
La Universidad de Granada es responsable del tratamiento de esos datos y publica
su política de protección de datos en https://secretariageneral.ugr.es/pages/
proteccion_datos.
Los derechos de protección de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer
dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica, a través de la sede
electrónica de la Universidad de Granada. Dichas personas pueden ejercer sus derechos
también ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector o la Rectora de la
Universidad de Granada dictará resolución aprobando las listas provisionales de
personas aspirantes admitidas y de excluidas. La resolución deberá publicarse en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» e indicará el lugar en que dicha relación se
encuentra expuesta al público, así como la relación de personas aspirantes excluidas,
con expresión de las causas de exclusión. En esta resolución se indicarán el lugar, fecha
y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Las personas que figuren excluidas o hayan sido omitidas dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el
defecto que haya motivado la exclusión o reclamar la omisión. Las reclamaciones
deberán presentarse por escrito, dirigidas a el Rector o la Rectora, a través de la Sede
Electrónica de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es), procedimiento «Registro
Electrónico de la UGR (Solicitud genérica)».
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente
no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus
datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas. Las
personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o no reclamen la
omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
4.3 Concluido el plazo de subsanación, por resolución del Rector o la Rectora de la
Universidad de Granada se declararán aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas y en ellas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las
personas interesadas sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales, y su
publicación les servirá de notificación. Esta resolución se publicará en el sitio web del
Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada, http://
serviciopas.ugr.es.
4.4 La resolución por la que se declara aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución podrá
interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rector o la Rectora
de la Universidad de Granada en el plazo de un mes desde su publicación, o bien
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante
cve: BOE-A-2023-11854
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 119