III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2023-11871)
Resolución de 5 de mayo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Motril, por la que se publica la modificación del Pliego de prescripciones particulares de remolque en el Puerto de Motril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Viernes 19 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 69271
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
11871
Resolución de 5 de mayo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Motril, por la
que se publica la modificación del Pliego de prescripciones particulares de
remolque en el Puerto de Motril.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Motril, en sesión
extraordinaria celebrada el día 28 de abril de 2023, acordó aprobar la revisión
extraordinaria de las tarifas máximas del servicio de remolque en un 12%, quedando la
redacción de la cláusula 12 del pliego de prescripciones particulares de Remolque en el
Puerto de Motril tal y como se indica en el anexo a la presente resolución, disponiendo
su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
Motril, 5 de mayo de 2023.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Motril, José
García Fuentes.
«ANEXO
Cláusula 12.
Estructura tarifaria, tarifas máximas y criterios de revisión
Las tarifas del servicio de remolque portuario comprenderán el coste del
personal de remolque, el correspondiente los remolcadores adscritos al servicio y
otros medios empleados, así como cualquier otro gasto o coste necesario para la
prestación del servicio.
Cada prestador publicará sus tarifas oficiales y pondrá a disposición de la
Autoridad Portuaria y de los usuarios del puerto información adecuada sobre la
naturaleza y el nivel de las mismas conforme a lo establecido en el artículo 15.3
del Reglamento UE 2017/352.
Dichas tarifas serán transparentes, equitativas y no discriminatorias.
Las tarifas de remolque portuario comprenderán el coste del personal de
remolque, el correspondiente a los remolcadores y otros medios que aquéllos
utilicen, así como cualquier otro gasto o coste necesario para la prestación del
servicio.
Estructura tarifaria
Las tarifas tendrán como base el sistema de medición del buque utilizado en
los Convenios Internacionales de Arqueo, actualmente el arqueo bruto o «GT»
(Gross Tonnage), con las correcciones establecidas legalmente. El arqueo de los
buques se medirá con arreglo al Convenio de Londres de 1969.
La tarifa será independiente del número de remolcadores utilizados.
En las tarifas aplicables a los servicios de remolque portuario se diferenciarán
las siguientes operaciones:
– Servicio de entrada y salida. En caso de que el buque comercial solo
requiera servicio de remolque para la operación de entrada o salida, se facturará
el 50% de la tarifa especificada.
– Los cambios de muelle que incluyan desatraque, remolque y atraque, se
facturarán como un servicio de entrada/salida.
cve: BOE-A-2023-11871
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 119
Viernes 19 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 69271
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
11871
Resolución de 5 de mayo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Motril, por la
que se publica la modificación del Pliego de prescripciones particulares de
remolque en el Puerto de Motril.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Motril, en sesión
extraordinaria celebrada el día 28 de abril de 2023, acordó aprobar la revisión
extraordinaria de las tarifas máximas del servicio de remolque en un 12%, quedando la
redacción de la cláusula 12 del pliego de prescripciones particulares de Remolque en el
Puerto de Motril tal y como se indica en el anexo a la presente resolución, disponiendo
su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
Motril, 5 de mayo de 2023.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Motril, José
García Fuentes.
«ANEXO
Cláusula 12.
Estructura tarifaria, tarifas máximas y criterios de revisión
Las tarifas del servicio de remolque portuario comprenderán el coste del
personal de remolque, el correspondiente los remolcadores adscritos al servicio y
otros medios empleados, así como cualquier otro gasto o coste necesario para la
prestación del servicio.
Cada prestador publicará sus tarifas oficiales y pondrá a disposición de la
Autoridad Portuaria y de los usuarios del puerto información adecuada sobre la
naturaleza y el nivel de las mismas conforme a lo establecido en el artículo 15.3
del Reglamento UE 2017/352.
Dichas tarifas serán transparentes, equitativas y no discriminatorias.
Las tarifas de remolque portuario comprenderán el coste del personal de
remolque, el correspondiente a los remolcadores y otros medios que aquéllos
utilicen, así como cualquier otro gasto o coste necesario para la prestación del
servicio.
Estructura tarifaria
Las tarifas tendrán como base el sistema de medición del buque utilizado en
los Convenios Internacionales de Arqueo, actualmente el arqueo bruto o «GT»
(Gross Tonnage), con las correcciones establecidas legalmente. El arqueo de los
buques se medirá con arreglo al Convenio de Londres de 1969.
La tarifa será independiente del número de remolcadores utilizados.
En las tarifas aplicables a los servicios de remolque portuario se diferenciarán
las siguientes operaciones:
– Servicio de entrada y salida. En caso de que el buque comercial solo
requiera servicio de remolque para la operación de entrada o salida, se facturará
el 50% de la tarifa especificada.
– Los cambios de muelle que incluyan desatraque, remolque y atraque, se
facturarán como un servicio de entrada/salida.
cve: BOE-A-2023-11871
Verificable en https://www.boe.es
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