III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-11869)
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Viernes 19 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 69255
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
11869
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Agentes de la
Propiedad Inmobiliaria de la Región de Murcia.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de La Región de Murcia un Convenio de
colaboración en materia de Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 10 de mayo de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del Catastro)
y el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de la Región de Murcia,
de colaboración en materia de gestión catastral
En Madrid y Murcia, a nueve de mayo del año dos mil veintitrés.
De una parte: don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo 17 de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte: doña M.ª Dolores de Alcover-Aguilar y García, Presidenta del Colegio
Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de la Región de Murcia, de conformidad
con las elecciones celebradas el 29 de noviembre de 2022, cuya representación ostenta
al amparo del artículo 28 de sus Estatutos, publicados por Resolución de la Secretaría
General de la Consejería de Presidencia de 15 de marzo de 2006 (BORM de 1 de abril).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el
Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica
cve: BOE-A-2023-11869
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 119
Viernes 19 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 69255
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
11869
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Agentes de la
Propiedad Inmobiliaria de la Región de Murcia.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de La Región de Murcia un Convenio de
colaboración en materia de Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 10 de mayo de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del Catastro)
y el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de la Región de Murcia,
de colaboración en materia de gestión catastral
En Madrid y Murcia, a nueve de mayo del año dos mil veintitrés.
De una parte: don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo 17 de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte: doña M.ª Dolores de Alcover-Aguilar y García, Presidenta del Colegio
Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de la Región de Murcia, de conformidad
con las elecciones celebradas el 29 de noviembre de 2022, cuya representación ostenta
al amparo del artículo 28 de sus Estatutos, publicados por Resolución de la Secretaría
General de la Consejería de Presidencia de 15 de marzo de 2006 (BORM de 1 de abril).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el
Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica
cve: BOE-A-2023-11869
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