II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Carrera Fiscal. (BOE-A-2023-11749)
Orden JUS/491/2023, de 11 de mayo, por la que se convocan para su provisión destinos vacantes en la Carrera Fiscal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118
Jueves 18 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 68783
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE JUSTICIA
11749
Orden JUS/491/2023, de 11 de mayo, por la que se convocan para su
provisión destinos vacantes en la Carrera Fiscal.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 13, 35, 36, 37 y 38 de la Ley 50/1981,
de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en
relación con el artículo 41 del mismo cuerpo legal, y con los artículos 50 y siguientes del
Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del
Ministerio Fiscal.
Este Ministerio, a propuesta del Fiscal General del Estado, acuerda anunciar los
destinos vacantes que se relacionan en el anexo I de esta convocatoria y que se
proveerán por el sistema de nombramiento discrecional, con arreglo a las siguientes
bases:
Primera.
Para participar en este procedimiento de provisión, será preciso:
Segunda.
Podrán concurrir a los cargos y destinos indicados en la base anterior los miembros
del Ministerio Fiscal que a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes
se hallen en situación administrativa de servicio activo, en servicios especiales o en
excedencia voluntaria para el cuidado de determinadas personas o por razón de
violencia de género que prevén los párrafos c), d) y e) del artículo 84.1 del Real
Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio
Fiscal, y reúnan las condiciones requeridas según el cargo o plaza de que se trate, así
cve: BOE-A-2023-11749
Verificable en https://www.boe.es
Plaza de la primera categoría: Fiscal de Sala. Fiscalía de Sala contra los Delitos de
Odio y Discriminación. Podrán participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal
pertenecientes a la mencionada categoría y aquellos fiscales de la segunda que cuenten,
al menos, con veinte años de servicio en la carrera fiscal.
Plaza de la primera categoría: Fiscal de Sala. Fiscalía de Sala en materia de Derechos
Humanos y Memoria Democrática. Podrán participar en el mismo los miembros del
Ministerio Fiscal pertenecientes a la mencionada categoría y aquellos fiscales de la
segunda que cuenten, al menos, con veinte años de servicio en la carrera fiscal.
Plaza de la segunda categoría: Fiscal de la Fiscalía Especial Antidroga. Podrán
participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la segunda
categoría que cuenten, al menos, con diez años de servicio en la Carrera Fiscal.
Plazas de la segunda categoría: Fiscal Superior de Fiscalía de Comunidad
Autónoma. Podrán participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal
pertenecientes a la segunda categoría que cuenten, al menos, con quince años de
servicio en la Carrera Fiscal.
Plazas de la segunda categoría: Fiscal Jefe/a de Fiscalía Provincial. Podrán
participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la segunda
categoría que cuenten, al menos, con diez años de servicio en la Carrera Fiscal.
Plaza de la segunda categoría: Teniente Fiscal de Fiscalía de Comunidad Autónoma.
Podrán participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la
mencionada categoría.
Núm. 118
Jueves 18 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 68783
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE JUSTICIA
11749
Orden JUS/491/2023, de 11 de mayo, por la que se convocan para su
provisión destinos vacantes en la Carrera Fiscal.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 13, 35, 36, 37 y 38 de la Ley 50/1981,
de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en
relación con el artículo 41 del mismo cuerpo legal, y con los artículos 50 y siguientes del
Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del
Ministerio Fiscal.
Este Ministerio, a propuesta del Fiscal General del Estado, acuerda anunciar los
destinos vacantes que se relacionan en el anexo I de esta convocatoria y que se
proveerán por el sistema de nombramiento discrecional, con arreglo a las siguientes
bases:
Primera.
Para participar en este procedimiento de provisión, será preciso:
Segunda.
Podrán concurrir a los cargos y destinos indicados en la base anterior los miembros
del Ministerio Fiscal que a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes
se hallen en situación administrativa de servicio activo, en servicios especiales o en
excedencia voluntaria para el cuidado de determinadas personas o por razón de
violencia de género que prevén los párrafos c), d) y e) del artículo 84.1 del Real
Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio
Fiscal, y reúnan las condiciones requeridas según el cargo o plaza de que se trate, así
cve: BOE-A-2023-11749
Verificable en https://www.boe.es
Plaza de la primera categoría: Fiscal de Sala. Fiscalía de Sala contra los Delitos de
Odio y Discriminación. Podrán participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal
pertenecientes a la mencionada categoría y aquellos fiscales de la segunda que cuenten,
al menos, con veinte años de servicio en la carrera fiscal.
Plaza de la primera categoría: Fiscal de Sala. Fiscalía de Sala en materia de Derechos
Humanos y Memoria Democrática. Podrán participar en el mismo los miembros del
Ministerio Fiscal pertenecientes a la mencionada categoría y aquellos fiscales de la
segunda que cuenten, al menos, con veinte años de servicio en la carrera fiscal.
Plaza de la segunda categoría: Fiscal de la Fiscalía Especial Antidroga. Podrán
participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la segunda
categoría que cuenten, al menos, con diez años de servicio en la Carrera Fiscal.
Plazas de la segunda categoría: Fiscal Superior de Fiscalía de Comunidad
Autónoma. Podrán participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal
pertenecientes a la segunda categoría que cuenten, al menos, con quince años de
servicio en la Carrera Fiscal.
Plazas de la segunda categoría: Fiscal Jefe/a de Fiscalía Provincial. Podrán
participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la segunda
categoría que cuenten, al menos, con diez años de servicio en la Carrera Fiscal.
Plaza de la segunda categoría: Teniente Fiscal de Fiscalía de Comunidad Autónoma.
Podrán participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la
mencionada categoría.