V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2023-14579)
Extracto de la Orden de 08 de mayo de 2023, por la que se convoca para el año 2023 la concesión de subvenciones al fomento del asociacionismo a entidades asociativas representativas del sector pesquero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118
Jueves 18 de mayo de 2023
Sec. V-B. Pág. 23031
Tercero.- Bases reguladoras.
Real Decreto 849/2017, de 22 de septiembre (BOE de 23 de septiembre de
2017), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones al fomento del asociacionismo a entidades asociativas
representativas del sector pesquero, modificado por el Real Decreto 862/2018, de
13 julio (BOE de 14 de julio de 2018), por el Real Decreto 367/2021, de 25 de
mayo (BOE de 26 de mayo de 2021), y por la Disposición final segunda del Real
Decreto 685/2021, de 3 de agosto (BOE de 4 de agosto de 2021).
Cuarto.- Cuantía.
La financiación de las subvenciones previstas en esta Orden se efectuará con
cargo al concepto presupuestario 21.11.415B.483 «Ayudas al fomento y apoyo del
asociacionismo pesquero» de los Presupuestos Generales de Estado para 2023,
cuya cuantía total máxima es de quinientos cincuenta mil euros (550.000 €).
Quinto.- Plazo de presentación y solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el «Boletín
Oficial del Estado», en el registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, a través de su sede electrónica (https://sede.mapa.gob.es/portal/site/
seMAPA), según los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto.- Criterios de valoración.
La distribución de los fondos disponibles se llevará a cabo de conformidad con
los criterios establecidos en el artículo 4 de la Convocatoria.
Madrid, 8 de mayo de 2023.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación
Orden APA/21/2019, de 10 de enero (BOE n º 16, de 18/01/2019) modificada
Orden APA/102/2023, de 30 de enero (BOE n º 32, de 07/02/2023)., el Director
General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, Juan Ignacio Gandarias Serrano.
cve: BOE-B-2023-14579
Verificable en https://www.boe.es
ID: A230018794-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 118
Jueves 18 de mayo de 2023
Sec. V-B. Pág. 23031
Tercero.- Bases reguladoras.
Real Decreto 849/2017, de 22 de septiembre (BOE de 23 de septiembre de
2017), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones al fomento del asociacionismo a entidades asociativas
representativas del sector pesquero, modificado por el Real Decreto 862/2018, de
13 julio (BOE de 14 de julio de 2018), por el Real Decreto 367/2021, de 25 de
mayo (BOE de 26 de mayo de 2021), y por la Disposición final segunda del Real
Decreto 685/2021, de 3 de agosto (BOE de 4 de agosto de 2021).
Cuarto.- Cuantía.
La financiación de las subvenciones previstas en esta Orden se efectuará con
cargo al concepto presupuestario 21.11.415B.483 «Ayudas al fomento y apoyo del
asociacionismo pesquero» de los Presupuestos Generales de Estado para 2023,
cuya cuantía total máxima es de quinientos cincuenta mil euros (550.000 €).
Quinto.- Plazo de presentación y solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el «Boletín
Oficial del Estado», en el registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, a través de su sede electrónica (https://sede.mapa.gob.es/portal/site/
seMAPA), según los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto.- Criterios de valoración.
La distribución de los fondos disponibles se llevará a cabo de conformidad con
los criterios establecidos en el artículo 4 de la Convocatoria.
Madrid, 8 de mayo de 2023.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación
Orden APA/21/2019, de 10 de enero (BOE n º 16, de 18/01/2019) modificada
Orden APA/102/2023, de 30 de enero (BOE n º 32, de 07/02/2023)., el Director
General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, Juan Ignacio Gandarias Serrano.
cve: BOE-B-2023-14579
Verificable en https://www.boe.es
ID: A230018794-1
https://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X