III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Cartas de servicios. (BOE-A-2023-11728)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la Carta de Servicios del Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Miércoles 17 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 68730

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CONSUMO
11728

Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
aprueba la Carta de Servicios del Organismo Autónomo Agencia Española de
Seguridad Alimentaria y Nutrición.

De acuerdo con el artículo 8 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se
establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del
Estado, las cartas de servicios son documentos que constituyen el instrumento a través
del cual los órganos, organismos y entidades de la Administración General del Estado
informan a la ciudadanía y a las personas usuarias sobre los servicios que tienen
encomendados, sobre los derechos que les asisten en relación con aquellos y sobre los
compromisos de calidad en su prestación.
El artículo 11.1 de la citada disposición establece que las cartas de servicios y sus
posteriores actualizaciones serán aprobadas por resolución del Subsecretario del
Departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo proponente,
publicándose en el «Boletín Oficial del Estado».
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el citado Real Decreto 951/2005,
de 29 de julio, la Inspección de Servicios, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio
de Consumo, ha propuesto la aprobación de la Carta de Servicios para el
periodo 2023-2026 de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y
Nutrición (AESAN), Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Consumo, según se
establece en el Real Decreto 495/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Consumo y se modifica el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamentos ministeriales, así como en su posterior modificación mediante el
Real Decreto 612/2022, de 26 de julio.
Visto el informe favorable de la Dirección General de Gobernanza Pública del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, de fecha 11 de abril de 2023, en relación con
esta propuesta de Carta de Servicios y, en virtud de las competencias que le atribuye el
artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Aprobar la Carta de Servicios de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y
Nutrición (AESAN) para el periodo 2023-2026, que tendrá vigencia a partir del día
siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

La citada Carta de Servicios deberá estar disponible en la página web de la
AESAN (Aesan-Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición). Asimismo, se
remitirá para su publicación en el Portal de la Transparencia de la Administración
General del Estado y al Punto de Acceso General de la misma (PAG); e igualmente se
publicará en las redes sociales que utilice la AESAN, con el fin de garantizar el acceso a
esta información por parte de la ciudadanía y de las personas usuarias.
Madrid, 8 de mayo de 2023.–El Subsecretario de Consumo, José Antonio García
García.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Segundo.