II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-11608)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 67956
cualquier caso, para que un/una candidato/a pueda pasar a la segunda prueba será
requisito imprescindible haber obtenido, al menos, una calificación de 5 puntos y contar
con el informe favorable de, al menos, tres miembros de la Comisión. Con la publicación
de los resultados de la primera prueba, la Comisión hará público el lugar, día y hora de
realización de la segunda, en el lugar de celebración de las pruebas.
8.4 La segunda prueba será pública y consistirá en la exposición por el/la
candidata/a ante la Comisión, durante un tiempo máximo de una hora y posterior debate
con la misma, durante el tiempo máximo de dos, de un tema del programa presentado
por el/la candidato/a en el Proyecto Docente y elegido por él. A este respecto y una vez
conocido el resultado de la primera prueba, los/las candidatos/as que la hubieran
superado aportarán a los miembros de la Comisión un resumen por quintuplicado del
tema elegido libremente por el concursante de entre los presentados en su proyecto
docente. Finalizada la prueba, la Comisión procederá a calificar y puntuar
numéricamente ( de cero a diez puntos) a cada uno de los candidatos/as.
En los casos de plazas relacionadas con las lenguas y literaturas extranjeras
pertenecientes a las Áreas del Departamento de Filología Moderna, esta segunda
prueba podrá realizarse en la lengua objeto de la convocatoria de la plaza. En lo
referente a las plazas adscritas al Área de «Estudios Árabes e Islámicos», las
comisiones evaluadoras del concurso establecerán la lengua en la que podrá realizarse
la segunda prueba.
Finalizadas las dos pruebas, la Comisión, hallará la media ponderada de las
calificaciones obtenidas en ambas pruebas, para cada candidato/a que haya superado la
primera prueba, a efectos de determinar el orden de preferencia de los/as candidatos/as
que hayan superado las pruebas. En cualquier caso, para que un/a candidato/a supere
las pruebas será requisito imprescindible haber obtenido, al menos, una calificación de 5
puntos.
En caso de empate en la puntuación entre varios candidatos/as se dará preferencia
al sexo infrarrepresentado en el área o de haberlo, al candidato/a con un grado de
discapacidad de, al menos, un 33 %, siempre que la misma no impida el normal
desarrollo de sus actividades docentes e investigadoras.
8.5 Los criterios objetivos generales de valoración para la adjudicación de las
plazas a los que se refiere el apartado 7.2, serán los siguientes:
a)
Primera Prueba.
1. Adecuación a las materias impartidas en el ámbito de conocimiento en el que se
encuadra la plaza objeto de concurso.
2. Solidez y coherencia en términos de su contenido, recursos docentes propuestos
para su ejecución e imbricación con el o los planes de estudio de las titulaciones a las
que afecta.
3. Contenido científico-técnico y grado de innovación con respecto al estado de la
disciplina.
4. Claridad y capacidad de síntesis en el debate con la Comisión.
b)
Segunda prueba.
1.
2.
Dominio de la materia seleccionada, rigor y claridad expositiva en la misma.
Claridad y capacidad de síntesis en el debate con la Comisión.
La Comisión tendrá en cuenta que a la primera prueba deberá asignársele un valor
igual o superior que a la segunda, pudiendo llegar hasta el doble del valor de ésta.
cve: BOE-A-2023-11608
Verificable en https://www.boe.es
– CV: Se valorarán los méritos recogidos en el anexo II de 5 del Real
Decreto 415/2015, teniendo en consideración la capacidad del candidato/a para la
exposición y defensa.
– Proyecto Docente e Investigador:
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 67956
cualquier caso, para que un/una candidato/a pueda pasar a la segunda prueba será
requisito imprescindible haber obtenido, al menos, una calificación de 5 puntos y contar
con el informe favorable de, al menos, tres miembros de la Comisión. Con la publicación
de los resultados de la primera prueba, la Comisión hará público el lugar, día y hora de
realización de la segunda, en el lugar de celebración de las pruebas.
8.4 La segunda prueba será pública y consistirá en la exposición por el/la
candidata/a ante la Comisión, durante un tiempo máximo de una hora y posterior debate
con la misma, durante el tiempo máximo de dos, de un tema del programa presentado
por el/la candidato/a en el Proyecto Docente y elegido por él. A este respecto y una vez
conocido el resultado de la primera prueba, los/las candidatos/as que la hubieran
superado aportarán a los miembros de la Comisión un resumen por quintuplicado del
tema elegido libremente por el concursante de entre los presentados en su proyecto
docente. Finalizada la prueba, la Comisión procederá a calificar y puntuar
numéricamente ( de cero a diez puntos) a cada uno de los candidatos/as.
En los casos de plazas relacionadas con las lenguas y literaturas extranjeras
pertenecientes a las Áreas del Departamento de Filología Moderna, esta segunda
prueba podrá realizarse en la lengua objeto de la convocatoria de la plaza. En lo
referente a las plazas adscritas al Área de «Estudios Árabes e Islámicos», las
comisiones evaluadoras del concurso establecerán la lengua en la que podrá realizarse
la segunda prueba.
Finalizadas las dos pruebas, la Comisión, hallará la media ponderada de las
calificaciones obtenidas en ambas pruebas, para cada candidato/a que haya superado la
primera prueba, a efectos de determinar el orden de preferencia de los/as candidatos/as
que hayan superado las pruebas. En cualquier caso, para que un/a candidato/a supere
las pruebas será requisito imprescindible haber obtenido, al menos, una calificación de 5
puntos.
En caso de empate en la puntuación entre varios candidatos/as se dará preferencia
al sexo infrarrepresentado en el área o de haberlo, al candidato/a con un grado de
discapacidad de, al menos, un 33 %, siempre que la misma no impida el normal
desarrollo de sus actividades docentes e investigadoras.
8.5 Los criterios objetivos generales de valoración para la adjudicación de las
plazas a los que se refiere el apartado 7.2, serán los siguientes:
a)
Primera Prueba.
1. Adecuación a las materias impartidas en el ámbito de conocimiento en el que se
encuadra la plaza objeto de concurso.
2. Solidez y coherencia en términos de su contenido, recursos docentes propuestos
para su ejecución e imbricación con el o los planes de estudio de las titulaciones a las
que afecta.
3. Contenido científico-técnico y grado de innovación con respecto al estado de la
disciplina.
4. Claridad y capacidad de síntesis en el debate con la Comisión.
b)
Segunda prueba.
1.
2.
Dominio de la materia seleccionada, rigor y claridad expositiva en la misma.
Claridad y capacidad de síntesis en el debate con la Comisión.
La Comisión tendrá en cuenta que a la primera prueba deberá asignársele un valor
igual o superior que a la segunda, pudiendo llegar hasta el doble del valor de ésta.
cve: BOE-A-2023-11608
Verificable en https://www.boe.es
– CV: Se valorarán los méritos recogidos en el anexo II de 5 del Real
Decreto 415/2015, teniendo en consideración la capacidad del candidato/a para la
exposición y defensa.
– Proyecto Docente e Investigador: