III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-11633)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 68115
Las partes, actuando con la representación que ostentan, se reconocen mutuamente,
y en virtud de las facultades que tienen conferidas,
EXPONEN
Primero.
Que con fechas 23 y 24 de agosto de 2022 se suscribió el Convenio entre la
Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Española de Municipios y
Provincias como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a
acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las entidades locales.
Segundo.
Que el convenio tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre la
Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la FEMP, como entidad colaboradora, para
la gestión de las subvenciones reguladas por la Orden DSA/632/2022, de 23 de junio,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales y en
cuyo artículo 3 se dispone que la Federación Española de Municipios y Provincias
actuará como entidad colaboradora, de acuerdo con los establecido en el artículo 12 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tercero.
Que en la cláusula sexta «Compensación económica a la entidad colaboradora» se
recoge que los gastos de gestión se financiarán con cargo a la partida
presupuestaria 29.07.921Y.226.10 de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, disponiendo que la compensación
económica será fijada para cada anualidad en la adenda a suscribir en las sucesivas
convocatorias.
En consecuencia, procede fijar la compensación económica a la entidad
colaboradora correspondiente a la convocatoria de 2023.
Cuarto.
Por lo anteriormente expuesto, la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la
FEMP acuerdan suscribir la presente adenda con sujeción a las siguientes.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
Segunda. Compensación económica a la entidad colaboradora para la convocatoria
de 2023.
Se fija como máximo una compensación económica a la FEMP de 380.000 euros para
la gestión de la convocatoria correspondiente a 2023, con cargo a la partida
presupuestaria 29.07.921Y.226.10 de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, con el desglose que figura en el anexo I.
cve: BOE-A-2023-11633
Verificable en https://www.boe.es
La Adenda del Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la
FEMP como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a
acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las entidades locales tiene por objeto
fijar, de conformidad con la cláusula sexta del Convenio, la compensación económica a
la entidad colaboradora correspondiente a la convocatoria de 2023.
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 68115
Las partes, actuando con la representación que ostentan, se reconocen mutuamente,
y en virtud de las facultades que tienen conferidas,
EXPONEN
Primero.
Que con fechas 23 y 24 de agosto de 2022 se suscribió el Convenio entre la
Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Española de Municipios y
Provincias como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a
acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las entidades locales.
Segundo.
Que el convenio tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre la
Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la FEMP, como entidad colaboradora, para
la gestión de las subvenciones reguladas por la Orden DSA/632/2022, de 23 de junio,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales y en
cuyo artículo 3 se dispone que la Federación Española de Municipios y Provincias
actuará como entidad colaboradora, de acuerdo con los establecido en el artículo 12 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tercero.
Que en la cláusula sexta «Compensación económica a la entidad colaboradora» se
recoge que los gastos de gestión se financiarán con cargo a la partida
presupuestaria 29.07.921Y.226.10 de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, disponiendo que la compensación
económica será fijada para cada anualidad en la adenda a suscribir en las sucesivas
convocatorias.
En consecuencia, procede fijar la compensación económica a la entidad
colaboradora correspondiente a la convocatoria de 2023.
Cuarto.
Por lo anteriormente expuesto, la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la
FEMP acuerdan suscribir la presente adenda con sujeción a las siguientes.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
Segunda. Compensación económica a la entidad colaboradora para la convocatoria
de 2023.
Se fija como máximo una compensación económica a la FEMP de 380.000 euros para
la gestión de la convocatoria correspondiente a 2023, con cargo a la partida
presupuestaria 29.07.921Y.226.10 de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, con el desglose que figura en el anexo I.
cve: BOE-A-2023-11633
Verificable en https://www.boe.es
La Adenda del Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la
FEMP como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a
acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las entidades locales tiene por objeto
fijar, de conformidad con la cláusula sexta del Convenio, la compensación económica a
la entidad colaboradora correspondiente a la convocatoria de 2023.