III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-11493)
Resolución de 9 de mayo de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica la Quinta Adenda de prórroga del Convenio con la Universidad Nacional Autónoma de México, la Universidad de Salamanca y la Universidad de Buenos Aires.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67412
En adelante, toda referencia conjunta al Instituto Cervantes, la UNAM, la USAL y
la UBA, será efectuada, conjunta e indistintamente, a las «Partes».
Las partes declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y
competencia suficiente para suscribir la presente adenda de prórroga y, en su mérito,
EXPONEN
I. Que el Instituto Cervantes, la UNAM y la USAL suscribieron el 19 de marzo
de 2015 un convenio, al que en virtud de su adenda de 24 de junio de 2016 se adhirió
la UBA con efectos «ab initio», con el fin de acordar el desarrollo del Proyecto SIELE
Servicio Internacional de Evaluación de la Lengua Española, que es un servicio
internacional electrónico de evaluación y certificación de la competencia en español
sobre una escala de puntos con referencia a los niveles del Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas, con fin general, destinado a personas que quieran conocer
su nivel de español, sin limitación de origen nacional, lingüístico o de edad.
II. Que las partes, con el fin de perfeccionar el citado convenio, incluyeron en el
mismo una serie de modificaciones mediante la suscripción de las correspondientes
adendas de fechas 29 de julio de 2015, 1 de marzo de 2016, 24 de junio de 2016 y 30 de
septiembre de 2019, constituyendo esta última la adaptación del convenio a la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
III. Que, de conformidad con su cláusula undécima, en su redacción dada por la
referida adenda de 30 de septiembre de 2019, el convenio, que está vigente hasta el 18
de noviembre de 2023, podrá ser prorrogado, previo acuerdo expreso de las partes, por
un periodo de cuatro años más.
IV. Que en relación con la explotación del SIELE, el IC, conforme a lo dispuesto en
la cláusula sexta del convenio de 19 de marzo de 2015, suscribió el 9 de julio de 2015 un
contrato con Telefónica Educación Digital, S.L.U. (TED), empresa tecnológica
adjudicataria, para la cesión de los derechos de explotación de la propiedad industrial e
intelectual sobre el SIELE, la puesta en práctica de un servicio conjunto de evaluación y
certificación del dominio de la lengua española, y su comercialización, modificado por
sucesivas adendas, la última de las cuales de fecha 13 de octubre de 2020 y cuya
vigencia se extiende hasta el 8 de julio de 2025, pudiéndose prorrogarse por períodos de
dos años hasta un máximo de diez años, no pudiendo superar dicho contrato la duración
total de veinte años.
V. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y
desean renovar el citado convenio, por lo que deciden suscribir la presente adenda, con
arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga.
Segunda.
Vigencia de compromisos.
Se mantienen vigentes el resto de los compromisos y obligaciones asumidos en
virtud del convenio suscrito el 19 de marzo de 2015, en su redacción determinada por las
adendas de modificación suscritas a que se refiere el exponendo segundo del presente
documento.
cve: BOE-A-2023-11493
Verificable en https://www.boe.es
Mediante la presente adenda las partes prorrogan hasta el 31 de julio de 2025, en
todos sus términos, el convenio suscrito el 19 de marzo de 2015, cuya vigencia se
extiende hasta el 18 de noviembre de 2023.
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67412
En adelante, toda referencia conjunta al Instituto Cervantes, la UNAM, la USAL y
la UBA, será efectuada, conjunta e indistintamente, a las «Partes».
Las partes declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y
competencia suficiente para suscribir la presente adenda de prórroga y, en su mérito,
EXPONEN
I. Que el Instituto Cervantes, la UNAM y la USAL suscribieron el 19 de marzo
de 2015 un convenio, al que en virtud de su adenda de 24 de junio de 2016 se adhirió
la UBA con efectos «ab initio», con el fin de acordar el desarrollo del Proyecto SIELE
Servicio Internacional de Evaluación de la Lengua Española, que es un servicio
internacional electrónico de evaluación y certificación de la competencia en español
sobre una escala de puntos con referencia a los niveles del Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas, con fin general, destinado a personas que quieran conocer
su nivel de español, sin limitación de origen nacional, lingüístico o de edad.
II. Que las partes, con el fin de perfeccionar el citado convenio, incluyeron en el
mismo una serie de modificaciones mediante la suscripción de las correspondientes
adendas de fechas 29 de julio de 2015, 1 de marzo de 2016, 24 de junio de 2016 y 30 de
septiembre de 2019, constituyendo esta última la adaptación del convenio a la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
III. Que, de conformidad con su cláusula undécima, en su redacción dada por la
referida adenda de 30 de septiembre de 2019, el convenio, que está vigente hasta el 18
de noviembre de 2023, podrá ser prorrogado, previo acuerdo expreso de las partes, por
un periodo de cuatro años más.
IV. Que en relación con la explotación del SIELE, el IC, conforme a lo dispuesto en
la cláusula sexta del convenio de 19 de marzo de 2015, suscribió el 9 de julio de 2015 un
contrato con Telefónica Educación Digital, S.L.U. (TED), empresa tecnológica
adjudicataria, para la cesión de los derechos de explotación de la propiedad industrial e
intelectual sobre el SIELE, la puesta en práctica de un servicio conjunto de evaluación y
certificación del dominio de la lengua española, y su comercialización, modificado por
sucesivas adendas, la última de las cuales de fecha 13 de octubre de 2020 y cuya
vigencia se extiende hasta el 8 de julio de 2025, pudiéndose prorrogarse por períodos de
dos años hasta un máximo de diez años, no pudiendo superar dicho contrato la duración
total de veinte años.
V. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y
desean renovar el citado convenio, por lo que deciden suscribir la presente adenda, con
arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga.
Segunda.
Vigencia de compromisos.
Se mantienen vigentes el resto de los compromisos y obligaciones asumidos en
virtud del convenio suscrito el 19 de marzo de 2015, en su redacción determinada por las
adendas de modificación suscritas a que se refiere el exponendo segundo del presente
documento.
cve: BOE-A-2023-11493
Verificable en https://www.boe.es
Mediante la presente adenda las partes prorrogan hasta el 31 de julio de 2025, en
todos sus términos, el convenio suscrito el 19 de marzo de 2015, cuya vigencia se
extiende hasta el 18 de noviembre de 2023.