II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura. (BOE-A-2023-11435)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 67189
Para la Sección de Museos: registro, inventario, documentación, conservación,
gestión y difusión de bienes culturales y museos o instituciones análogas.
Antigüedad:
Personal funcionario de carrera: haber prestado servicios efectivos, durante al menos
dos años, como funcionario de carrera en cuerpos o escalas de la Administración
General del Estado del subgrupo C2, o en cuerpos o escalas Postales y Telegráficos,
adscritos al subgrupo C2 o en cuerpos o escalas del subgrupo C2 del resto de los
ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
Personal laboral fijo: haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años,
como personal laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en
puestos que hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 3G - Archivos,
Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la
Administración General del Estado vigente.
También podrá participar el personal laboral fijo que haya prestado servicios efectivos
durante al menos dos años (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo)
en una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de organismos
públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica
propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y
desarrollando las funciones que respectivamente se señalan para cada sección en el
apartado precedente de esta misma base.
Acceso de personas con discapacidad
7.1 Quienes opten a la plaza reservada para personas con discapacidad deberán
acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, mediante el
correspondiente certificado y habrán de reflejarlo en el modelo de solicitud de
participación en el proceso selectivo.
7.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del
proceso selectivo, realizando la petición en el modelo de solicitud de participación en la
convocatoria y debiendo aportar la documentación referida en la base específica 8.10.a)
de la presente convocatoria.
El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de
trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan
a los aspirantes que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las
pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de candidatos.
También aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad. Para ello será necesaria la aportación del
dictamen técnico facultativo en el plazo de presentación de solicitudes.
7.3 En cumplimiento del artículo 3.9 del Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, y del artículo 3.11 del del
Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo
Público para el año 2022, a las personas que participen por el turno de reserva de
discapacidad, y que en la primera parte del ejercicio único superen con una nota superior
al 60 por ciento de la calificación máxima, se les conservará la puntuación de esta parte
en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la
forma de calificación de este primer ejercicio en el que se hubiera conservado la nota
sean análogos, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán
cve: BOE-A-2023-11435
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 67189
Para la Sección de Museos: registro, inventario, documentación, conservación,
gestión y difusión de bienes culturales y museos o instituciones análogas.
Antigüedad:
Personal funcionario de carrera: haber prestado servicios efectivos, durante al menos
dos años, como funcionario de carrera en cuerpos o escalas de la Administración
General del Estado del subgrupo C2, o en cuerpos o escalas Postales y Telegráficos,
adscritos al subgrupo C2 o en cuerpos o escalas del subgrupo C2 del resto de los
ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
Personal laboral fijo: haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años,
como personal laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en
puestos que hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 3G - Archivos,
Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la
Administración General del Estado vigente.
También podrá participar el personal laboral fijo que haya prestado servicios efectivos
durante al menos dos años (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo)
en una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de organismos
públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica
propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y
desarrollando las funciones que respectivamente se señalan para cada sección en el
apartado precedente de esta misma base.
Acceso de personas con discapacidad
7.1 Quienes opten a la plaza reservada para personas con discapacidad deberán
acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, mediante el
correspondiente certificado y habrán de reflejarlo en el modelo de solicitud de
participación en el proceso selectivo.
7.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del
proceso selectivo, realizando la petición en el modelo de solicitud de participación en la
convocatoria y debiendo aportar la documentación referida en la base específica 8.10.a)
de la presente convocatoria.
El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de
trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan
a los aspirantes que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las
pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de candidatos.
También aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad. Para ello será necesaria la aportación del
dictamen técnico facultativo en el plazo de presentación de solicitudes.
7.3 En cumplimiento del artículo 3.9 del Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, y del artículo 3.11 del del
Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo
Público para el año 2022, a las personas que participen por el turno de reserva de
discapacidad, y que en la primera parte del ejercicio único superen con una nota superior
al 60 por ciento de la calificación máxima, se les conservará la puntuación de esta parte
en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la
forma de calificación de este primer ejercicio en el que se hubiera conservado la nota
sean análogos, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán
cve: BOE-A-2023-11435
Verificable en https://www.boe.es
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